III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-17713)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Biblioteca Nacional de España, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Normalización, para el desarrollo de actividades de normalización en el ámbito de la documentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148059
Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente
convenio y, en su virtud,
EXPONEN
I
Que la Biblioteca Nacional de España tiene como fines, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 3 de la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional
de España:
1. Reunir, describir y garantizar la protección, enriquecimiento, conservación y
transmisión, en el ejercicio de sus funciones, del patrimonio bibliográfico y documental,
tanto el producido en el Estado español como el generado sobre sus diferentes culturas.
2. Garantizar el acceso y la difusión de sus colecciones con el fin de fomentar su
utilización, como medio de enriquecimiento cultural, social y económico.
3. Promover y desarrollar políticas bibliotecarias en relación con el patrimonio
bibliográfico y documental del Estado español.
II
Que UNE es una asociación privada constituida al amparo de la Ley de
Asociaciones 191/1964 y el Real Decreto 1440/1965. Sus estatutos fueron adaptados y
modificados por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, que regula el derecho de
asociación.
UNE desarrolla las actividades de normalización conforme al Real
Decreto 2200/1995 sobre Infraestructura de la Calidad y la Seguridad Industrial que
desarrollaba la Ley de Industria. UNE es el organismo nacional de normalización
miembro de los organismos europeos e internacionales en todos los sectores de
actividad (CEN, CENELEC, ISO e IEC). En esta área desarrolla las actividades de
elaboración y publicación de las normas técnicas nacionales UNE y participa
activamente a nivel internacional y europeo en el desarrollo de las normas europeas e
internacionales en todos los sectores de actividad.
III
Las normas técnicas se elaboran a través de los Comités Técnicos de Normalización
(CTN) en los que están presentes todas las partes interesadas. Los CTN están
constituidos por un presidente, un secretario, generalmente perteneciente a alguna
asociación empresarial, y una serie de vocales que constituyen una representación
equilibrada de todas aquellas entidades que tienen interés en la normalización de un
tema en concreto, lo que garantiza la transparencia, apertura y consenso en su trabajo.
IV
Que, dada la coincidencia de intereses y objetivos en el fomento de la cultura, la
investigación y el estudio mediante proyectos, ambas entidades manifiestan su intención
de formalizar el presente convenio con base en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Este convenio entre la BNE y la UNE tiene como objeto el desarrollo de actividades
de normalización en el ámbito de la documentación.
cve: BOE-A-2022-17713
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148059
Ambas partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente
convenio y, en su virtud,
EXPONEN
I
Que la Biblioteca Nacional de España tiene como fines, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 3 de la Ley 1/2015, de 24 de marzo, reguladora de la Biblioteca Nacional
de España:
1. Reunir, describir y garantizar la protección, enriquecimiento, conservación y
transmisión, en el ejercicio de sus funciones, del patrimonio bibliográfico y documental,
tanto el producido en el Estado español como el generado sobre sus diferentes culturas.
2. Garantizar el acceso y la difusión de sus colecciones con el fin de fomentar su
utilización, como medio de enriquecimiento cultural, social y económico.
3. Promover y desarrollar políticas bibliotecarias en relación con el patrimonio
bibliográfico y documental del Estado español.
II
Que UNE es una asociación privada constituida al amparo de la Ley de
Asociaciones 191/1964 y el Real Decreto 1440/1965. Sus estatutos fueron adaptados y
modificados por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, que regula el derecho de
asociación.
UNE desarrolla las actividades de normalización conforme al Real
Decreto 2200/1995 sobre Infraestructura de la Calidad y la Seguridad Industrial que
desarrollaba la Ley de Industria. UNE es el organismo nacional de normalización
miembro de los organismos europeos e internacionales en todos los sectores de
actividad (CEN, CENELEC, ISO e IEC). En esta área desarrolla las actividades de
elaboración y publicación de las normas técnicas nacionales UNE y participa
activamente a nivel internacional y europeo en el desarrollo de las normas europeas e
internacionales en todos los sectores de actividad.
III
Las normas técnicas se elaboran a través de los Comités Técnicos de Normalización
(CTN) en los que están presentes todas las partes interesadas. Los CTN están
constituidos por un presidente, un secretario, generalmente perteneciente a alguna
asociación empresarial, y una serie de vocales que constituyen una representación
equilibrada de todas aquellas entidades que tienen interés en la normalización de un
tema en concreto, lo que garantiza la transparencia, apertura y consenso en su trabajo.
IV
Que, dada la coincidencia de intereses y objetivos en el fomento de la cultura, la
investigación y el estudio mediante proyectos, ambas entidades manifiestan su intención
de formalizar el presente convenio con base en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
Este convenio entre la BNE y la UNE tiene como objeto el desarrollo de actividades
de normalización en el ámbito de la documentación.
cve: BOE-A-2022-17713
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 260