III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Asociaciones. (BOE-A-2022-17704)
Orden INT/1023/2022, de 14 de octubre, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 147982
Segundo.
Declarar de utilidad pública las siguientes Federaciones de Asociaciones inscritas en
el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, a las que se refiere el
expediente instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo
podrán obtener la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno
expediente:
Denominación
N.º Reg.Nal
Confederación Estatal de Mayores Activos-CONFEMAC.
2284
Tercero.
Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en los Registros de
las Comunidades Autónomas:
Denominación
N.º Reg. CC.
AA.
CC. AA.
Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Madrid AFEAM.
Madrid.
27018
Asociación SYC Centro - Socialización y Conocimiento para
Discapacitados en su Tránsito a la Edad Adulta.
Andalucía.
16945
Red de Recuperación de Alimentos de Rivas.
Madrid.
34741
Asociación Gaditana de Mujeres con Cáncer de Mama-AGAMAMA.
Andalucía.
5625
Comité de Entidades Representantes de Personas con
Discapacidad de Andalucía (CERMI-Andalucía).
Andalucía.
7355
Hierbabuena: Asociación para la Salud Mental.
Principado
de Asturias.
6432
Cuarto.
Declarar de utilidad pública las siguientes Federaciones de Asociaciones inscritas en
los Registros de las Comunidades Autónomas, a las que se refiere el expediente
instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo podrán obtener
la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno expediente:
Federación Valenciana de Personas con Discapacidad Intelectual
(FEVADIS).
CC. AA.
Comunidad
Valenciana.
N.º Reg. CC.
AA.
12
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes o directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar, en ambos casos, a partir del día
siguiente a su notificación, según establecen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 14 de octubre de 2022.–El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005,
de 7 de abril), el Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2022-17704
Verificable en https://www.boe.es
Denominación
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 147982
Segundo.
Declarar de utilidad pública las siguientes Federaciones de Asociaciones inscritas en
el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, a las que se refiere el
expediente instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo
podrán obtener la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno
expediente:
Denominación
N.º Reg.Nal
Confederación Estatal de Mayores Activos-CONFEMAC.
2284
Tercero.
Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en los Registros de
las Comunidades Autónomas:
Denominación
N.º Reg. CC.
AA.
CC. AA.
Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Madrid AFEAM.
Madrid.
27018
Asociación SYC Centro - Socialización y Conocimiento para
Discapacitados en su Tránsito a la Edad Adulta.
Andalucía.
16945
Red de Recuperación de Alimentos de Rivas.
Madrid.
34741
Asociación Gaditana de Mujeres con Cáncer de Mama-AGAMAMA.
Andalucía.
5625
Comité de Entidades Representantes de Personas con
Discapacidad de Andalucía (CERMI-Andalucía).
Andalucía.
7355
Hierbabuena: Asociación para la Salud Mental.
Principado
de Asturias.
6432
Cuarto.
Declarar de utilidad pública las siguientes Federaciones de Asociaciones inscritas en
los Registros de las Comunidades Autónomas, a las que se refiere el expediente
instruido, por lo que las entidades que integran dichas Federaciones sólo podrán obtener
la declaración previa solicitud instada al efecto e instrucción del oportuno expediente:
Federación Valenciana de Personas con Discapacidad Intelectual
(FEVADIS).
CC. AA.
Comunidad
Valenciana.
N.º Reg. CC.
AA.
12
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante este Ministerio en el plazo de un mes o directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la
Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar, en ambos casos, a partir del día
siguiente a su notificación, según establecen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 14 de octubre de 2022.–El Ministro del Interior, P.D. (Orden INT/985/2005,
de 7 de abril), el Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez.
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cve: BOE-A-2022-17704
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