III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Ayudas. (BOE-A-2022-17714)
Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponde a la Agencia Estatal de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148123
comunicación científica de los resultados en términos de publicaciones, presentaciones y
comunicaciones a congresos y otros foros, principalmente internacionales, incluyendo
aspectos de acceso abierto; el plan de trasferencia y valorización de resultados; la
participación de usuarios finales en la propuesta; el impacto social y económico de las
actividades previstas y el plan y alcance de divulgación de los resultados a la sociedad.
En el caso en que resulte pertinente, se valorará el plan de gestión de datos de
investigación, la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación
o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de
resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en
la valoración del criterio 1 y 2, por este orden. Si continuará persistiendo, el empate se
resolverá mediante sorteo ante los miembros de la comisión de selección.
9.
Actuaciones dirigidas a la generación de conocimiento [artículo 7.2.c).1.º, i]
Convocatoria: Proyectos de investigación no orientada
Criterios de evaluación
Calidad y viabilidad de la propuesta.
Umbral
0-50
40
1.1
Calidad de la propuesta.
0-30
1.2
Viabilidad de la propuesta.
0-20
2.
Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto.
0-30
20
3. Impacto científico, económico y social esperado de los
resultados.
0-10
5
4.
0-10
Adecuación del presupuesto solicitado.
1.
Calidad y viabilidad de la propuesta.
1.1 Calidad de la propuesta. Se valorará la idoneidad de la propuesta a las
características y finalidad de la convocatoria y/o modalidad; la calidad científica,
tecnológica e innovadora de la propuesta en términos de relevancia, claridad, novedad
de la hipótesis de partida; la novedad, adecuación y contribución de los objetivos
planteados a la generación de conocimiento. En el caso de proyectos presentados en
forma coordinada se valorará, así mismo, la justificación y el valor añadido que la
coordinación proporciona a la propuesta. Cuando sea pertinente se podrá valorar el
carácter ínter y multi disciplinar de la propuesta.
1.2 Viabilidad de la propuesta. Se valorará la definición, novedad e idoneidad de la
metodología propuesta y la adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la
consecución de los objetivos propuestos. Se valorará valorar la calidad e impacto de los
resultados previos obtenidos relacionados con la temática de la propuesta que permitan
avalar la viabilidad de la misma; la adecuación de la distribución de actividades entre los
distintos miembros del equipo de investigación; la identificación de puntos críticos y
planes de contingencia y los recursos humanos, materiales y de equipamiento
disponibles para llevar a cabo la propuesta.
2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. Se valorará la calidad de
las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de
conocimiento; la generación de ideas e hipótesis y resultados obtenidos; las
aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de
innovación, desarrollo de herramientas de software y los datos aportados en acceso
abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y con entidades
públicas o privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y otros
cve: BOE-A-2022-17714
Verificable en https://www.boe.es
1.
Puntuación
Núm. 260
Sábado 29 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 148123
comunicación científica de los resultados en términos de publicaciones, presentaciones y
comunicaciones a congresos y otros foros, principalmente internacionales, incluyendo
aspectos de acceso abierto; el plan de trasferencia y valorización de resultados; la
participación de usuarios finales en la propuesta; el impacto social y económico de las
actividades previstas y el plan y alcance de divulgación de los resultados a la sociedad.
En el caso en que resulte pertinente, se valorará el plan de gestión de datos de
investigación, la inclusión de la dimensión de género en el contenido de la investigación
o el impacto asociado al ámbito de la discapacidad y otras áreas de inclusión social.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de
resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en
la valoración del criterio 1 y 2, por este orden. Si continuará persistiendo, el empate se
resolverá mediante sorteo ante los miembros de la comisión de selección.
9.
Actuaciones dirigidas a la generación de conocimiento [artículo 7.2.c).1.º, i]
Convocatoria: Proyectos de investigación no orientada
Criterios de evaluación
Calidad y viabilidad de la propuesta.
Umbral
0-50
40
1.1
Calidad de la propuesta.
0-30
1.2
Viabilidad de la propuesta.
0-20
2.
Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto.
0-30
20
3. Impacto científico, económico y social esperado de los
resultados.
0-10
5
4.
0-10
Adecuación del presupuesto solicitado.
1.
Calidad y viabilidad de la propuesta.
1.1 Calidad de la propuesta. Se valorará la idoneidad de la propuesta a las
características y finalidad de la convocatoria y/o modalidad; la calidad científica,
tecnológica e innovadora de la propuesta en términos de relevancia, claridad, novedad
de la hipótesis de partida; la novedad, adecuación y contribución de los objetivos
planteados a la generación de conocimiento. En el caso de proyectos presentados en
forma coordinada se valorará, así mismo, la justificación y el valor añadido que la
coordinación proporciona a la propuesta. Cuando sea pertinente se podrá valorar el
carácter ínter y multi disciplinar de la propuesta.
1.2 Viabilidad de la propuesta. Se valorará la definición, novedad e idoneidad de la
metodología propuesta y la adecuación del plan de trabajo y del cronograma a la
consecución de los objetivos propuestos. Se valorará valorar la calidad e impacto de los
resultados previos obtenidos relacionados con la temática de la propuesta que permitan
avalar la viabilidad de la misma; la adecuación de la distribución de actividades entre los
distintos miembros del equipo de investigación; la identificación de puntos críticos y
planes de contingencia y los recursos humanos, materiales y de equipamiento
disponibles para llevar a cabo la propuesta.
2. Calidad y trayectoria de los componentes del proyecto. Se valorará la calidad de
las contribuciones científico-técnicas, su relevancia y contribución a la generación de
conocimiento; la generación de ideas e hipótesis y resultados obtenidos; las
aportaciones a la sociedad, tales como actividades de desarrollo tecnológico y de
innovación, desarrollo de herramientas de software y los datos aportados en acceso
abierto; las actividades de divulgación; la colaboración con la industria y con entidades
públicas o privadas, así como con otros usuarios finales de la investigación y otros
cve: BOE-A-2022-17714
Verificable en https://www.boe.es
1.
Puntuación