III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Enfermeros Especialistas. (BOE-A-2022-17644)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Universidades, por la que se modifica la de 30 de junio de 2021, por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva prevista en la disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 259
Viernes 28 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 147835
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
17644
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Secretaría General de
Universidades, por la que se modifica la de 30 de junio de 2021, por la que se
establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva prevista en la
disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril,
sobre especialidades de Enfermería.
La Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades,
por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva prevista en la
disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre
especialidades de Enfermería, actualiza el contenido previsto de las pruebas
correspondientes a todas las especialidades de Enfermería determinadas en el Real
Decreto 450/2005, de 22 de abril, la composición de la comisión evaluadora, el sistema
de evaluación y los aspectos necesarios para su adecuada organización.
El apartado octavo de la citada resolución establece el procedimiento para la
expedición de los títulos de especialista en enfermería por la Secretaría General de
Universidades.
Desde el punto de vista competencial, cabe señalar que, la expedición de títulos de
especialista en Ciencias de la Salud, según establece el artículo 17.1 de la Ley 44/2003,
de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, es competencia del
Ministerio de Sanidad desde el 1 de enero de 2022
Esta circunstancia, hace necesario modificar la citada Resolución de 30 de junio
de 2021, de la Secretaría General de Universidades, con el fin de adaptar el apartado
octavo de expedición de títulos de especialista a lo dispuesto en el Real Decreto 589/2022,
de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en
Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de
especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la
revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación
específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas
de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.
En virtud de lo expuesto, esta Secretaría General de Universidades, con el fin de
adaptar la Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades
a la nueva normativa reguladora de expedición de títulos de especialistas, resuelve:
Primero. Modificación de la Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría
General de Universidades, por la que se establecen las bases de la convocatoria de
la prueba objetiva prevista en la disposición transitoria segunda del Real
Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.
«Octavo. Expedición de los títulos de especialista.
Finalizado el procedimiento, el Secretario General de Universidades dictará la
resolución final de aspirantes aptos y se dará traslado al Ministerio de Sanidad
para que proceda a la expedición del título de especialista, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que
se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se
desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria
especializada,
cve: BOE-A-2022-17644
Verificable en https://www.boe.es
Se modifica el apartado octavo de la Resolución, que queda redactado del siguiente
modo:
Núm. 259
Viernes 28 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 147835
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
17644
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Secretaría General de
Universidades, por la que se modifica la de 30 de junio de 2021, por la que se
establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva prevista en la
disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril,
sobre especialidades de Enfermería.
La Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades,
por la que se establecen las bases de la convocatoria de la prueba objetiva prevista en la
disposición transitoria segunda del Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre
especialidades de Enfermería, actualiza el contenido previsto de las pruebas
correspondientes a todas las especialidades de Enfermería determinadas en el Real
Decreto 450/2005, de 22 de abril, la composición de la comisión evaluadora, el sistema
de evaluación y los aspectos necesarios para su adecuada organización.
El apartado octavo de la citada resolución establece el procedimiento para la
expedición de los títulos de especialista en enfermería por la Secretaría General de
Universidades.
Desde el punto de vista competencial, cabe señalar que, la expedición de títulos de
especialista en Ciencias de la Salud, según establece el artículo 17.1 de la Ley 44/2003,
de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, es competencia del
Ministerio de Sanidad desde el 1 de enero de 2022
Esta circunstancia, hace necesario modificar la citada Resolución de 30 de junio
de 2021, de la Secretaría General de Universidades, con el fin de adaptar el apartado
octavo de expedición de títulos de especialista a lo dispuesto en el Real Decreto 589/2022,
de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en
Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de
especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la
revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación
específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas
de formación en especialidades en Ciencias de la Salud.
En virtud de lo expuesto, esta Secretaría General de Universidades, con el fin de
adaptar la Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría General de Universidades
a la nueva normativa reguladora de expedición de títulos de especialistas, resuelve:
Primero. Modificación de la Resolución de 30 de junio de 2021, de la Secretaría
General de Universidades, por la que se establecen las bases de la convocatoria de
la prueba objetiva prevista en la disposición transitoria segunda del Real
Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.
«Octavo. Expedición de los títulos de especialista.
Finalizado el procedimiento, el Secretario General de Universidades dictará la
resolución final de aspirantes aptos y se dará traslado al Ministerio de Sanidad
para que proceda a la expedición del título de especialista, conforme a lo
dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que
se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se
desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria
especializada,
cve: BOE-A-2022-17644
Verificable en https://www.boe.es
Se modifica el apartado octavo de la Resolución, que queda redactado del siguiente
modo: