II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Destinos. (BOE-A-2022-17527)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 30 de agosto de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258

Jueves 27 de octubre de 2022

Sec. II.A. Pág. 146558

La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el
funcionario podrá diferir el cese, por necesidades del servicio, hasta veinte días hábiles,
debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido destinado el funcionario.
Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal
funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá
aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga
prevista en el párrafo anterior.
Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, el/la Subsecretario/a
del Departamento donde haya obtenido nuevo destino la persona concursante podrá
conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino
implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas.
Cuarto.
Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios
especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho, mientras duren las
citadas situaciones, a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso
formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso al
servicio activo.
Quinto.
El personal que ha obtenido destino a través de este concurso no podrá
participar en concursos de méritos que convoque tanto la Administración del Estado
como otras Administraciones Públicas, hasta que hayan transcurrido dos años
desde la toma de posesión del puesto adjudicado en la presente resolución, salvo
lo prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del Reglamento General de Ingreso
del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo.
Sexto.

Séptimo.
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo,
recurso de reposición ante la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación,
en el plazo de un mes desde su publicación, o bien, recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante las Salas de lo
Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del

cve: BOE-A-2022-17527
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Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en
consecuencia, no generan derecho al abono de indemnización por concepto
alguno. Los puestos obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el
plazo de toma de posesión los interesados obtengan otro destino mediante
convocatoria pública y opten por el mismo, en cuyo caso vendrán obligados a
comunicar por escrito a este Departamento, en los tres días hábiles siguientes, la
renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada, con indicación del
Departamento o Comunidad Autónoma en que hubiera obtenido destino, así como
la forma de provisión y la fecha de nombramiento.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en
situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la
posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado