V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. (BOE-B-2022-33193)
Extracto de la Orden, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la provisión de conexión de backhaul mediante fibra óptica a emplazamientos de las redes públicas de telefonía móvil y se procede a una primera convocatoria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NEXTGENERATIONEU. PROGRAMA "UNICO-5G REDES- BACKHAUL FIBRA ÓPTICA".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 51239
ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. La
intensidad máxima de las ayudas es del 90 por ciento para todas las zonas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días naturales
contados a partir del día siguiente a la publicación de la Convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
Sexto. Otros datos.
La solicitud y demás comunicaciones se realizarán únicamente mediante
tramitación electrónica.
La duración de los proyectos podrá extenderse como máximo hasta el 30 de
junio de 2025.
El pago de la subvención se realizará por anualidades y de manera anticipada.
Para la acreditación de la realización de los proyectos se exige cuenta
justificativa con aportación de los justificantes de gasto, según se recoge en los
artículos 72 y 73 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Madrid, 21 de octubre de 2022.- Nadia Calviño Santamaría
La Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
cve: BOE-B-2022-33193
Verificable en https://www.boe.es
ID: A220042916-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 258
Jueves 27 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 51239
ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. La
intensidad máxima de las ayudas es del 90 por ciento para todas las zonas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días naturales
contados a partir del día siguiente a la publicación de la Convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado.
Sexto. Otros datos.
La solicitud y demás comunicaciones se realizarán únicamente mediante
tramitación electrónica.
La duración de los proyectos podrá extenderse como máximo hasta el 30 de
junio de 2025.
El pago de la subvención se realizará por anualidades y de manera anticipada.
Para la acreditación de la realización de los proyectos se exige cuenta
justificativa con aportación de los justificantes de gasto, según se recoge en los
artículos 72 y 73 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Madrid, 21 de octubre de 2022.- Nadia Calviño Santamaría
La Ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital.
cve: BOE-B-2022-33193
Verificable en https://www.boe.es
ID: A220042916-1
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X