III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-17463)
Resolución de 18 de octubre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, para cooperar en la formación de los beneficiarios del programa de ayudas en el marco del estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Martes 25 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 145768

Por todo lo expuesto, los intervinientes acuerdan la suscripción del presente
convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto y finalidad.

El objeto del presente convenio es regular la colaboración científico-técnica entre el
CSIC, a través del IPNA, e ITER para cooperar en la formación de la beneficiaria del
programa de ayudas en el marco del estatuto del personal investigador predoctoral en
formación, aprobado por Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, bajo la realización del
Proyecto de I+D titulado «Ecología evolutiva, biogeografía y conservación de la fauna
edáfica de las Islas Canarias».
Segunda.

Compromisos asumidos por las partes.

Ambas partes se comprometen a actuar con la debida diligencia, obligándose cada
una de ellas a implementar los medios técnicos, humanos y materiales necesarios para
la adecuada consecución de los objetivos propuestos.
Para la ejecución del objeto del presente convenio, las partes tendrán en cuenta las
obligaciones que establecen las bases que rigen las convocatorias de ayudas del
programa predoctoral de formación del personal investigador (Orden 2 de diciembre
de 2016-BOC núm. 240 de 14 de diciembre de 2016) y, en particular, se obligan a las
actuaciones que se establecen a continuación.
Por parte del IPNA-CSIC:

Por parte de ITER.:
a) Garantizar que la persona beneficiaria tenga asignado un tutor de Tesis, con la
responsabilidad general de coordinar y orientar la actividad investigadora de la persona
beneficiaria, y con la particular, de hacer el seguimiento del grado de cumplimiento del
objeto de la ayuda concedida.
b) Facilitar el acceso de la persona beneficiaria a los medios técnicos, materiales y
administrativos necesarios para el desarrollo de la tesis en su Departamento de I+D.

cve: BOE-A-2022-17463
Verificable en https://www.boe.es

a) Facilitar el acceso de la beneficiaria a los medios técnicos, materiales y
administrativos necesarios para el desarrollo de la Tesis.
b) Garantizar a la beneficiaria la asignación de un director/a de tesis, con posesión
del título necesario para acreditar su condición de Doctorado, con la responsabilidad
general de coordinar y orientar la actividad académica e investigadora de la persona
beneficiaria, y con la particular finalidad de hacer el seguimiento del grado de
cumplimiento de objeto de la ayuda concedida.
c) Velar por el desarrollo del programa de formación de la persona beneficiaria, sin
que pueda exigírsele la realización de cualquier otra actividad que no esté relacionado
con el desarrollo de su investigación o de la formación específica requerida para ésta
durante su transcurso.
d) Permitir la integración de la persona beneficiaria en los departamentos, centros e
institutos del CSIC en los que lleven a cabo la investigación.
e) Procurar un uso no sexista del lenguaje y velar por transmitir una imagen
igualitaria, plural y no estereotipada de mujeres y hombres en la ejecución del proyecto.
f) Contratar laboralmente a la persona beneficiaria que haya obtenido la ayuda
según la resolución del órgano que resuelva el procedimiento de concesión, en los
términos establecidos a tal fin en la Ley de la Ciencia, de acuerdo a la legislación laboral
vigente y con la duración, retribuciones y demás requisitos que se indican en la presente
Orden de convocatoria.