I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Organización. (BOE-A-2022-17417)
Orden AUC/1006/2022, de 18 de octubre, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Jarú, y se modifica la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Manaos, ambas en la República Federativa de Brasil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256

Martes 25 de octubre de 2022

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
17417

Orden AUC/1006/2022, de 18 de octubre, por la que se crea la Oficina
Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en
Jarú, y se modifica la circunscripción de la Oficina Consular Honoraria, con
categoría de Consulado Honorario de España, en Manaos, ambas en la
República Federativa de Brasil.

La extensión de la circunscripción de la Sección Consular de la Embajada de España
en Brasilia hace necesario el mantenimiento de una red de Oficinas Consulares
honorarias que permita prestar una atención consular rápida y eficaz a la colonia
española residente y transeúnte en dicha circunscripción. Con este objetivo, se crea la
Oficina Consular honoraria de España en Jarú, en el estado de Rondônia.
La circunscripción de la Oficina Consular honoraria en Jarú abarcará parte de la
circunscripción de la actual Oficina Consular honoraria de España en Manaos, por lo que
se hace necesario modificar la circunscripción de esta última, con el fin de adaptarla a la
nueva realidad y de evitar una superposición de circunscripciones.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de
marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de
los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real
Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio
Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en
Brasilia, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y
Asuntos Consulares y de la Dirección General para Iberoamérica, dispongo:
Artículo 1. Creación de la Oficina Consular Honoraria de España en Jarú y delimitación
de su circunscripción.
Se crea la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de
España, en Jarú, en la República Federativa de Brasil, con circunscripción en los
estados de Rondônia y Acre.
Artículo 2. Dependencia de la Oficina Consular honoraria en Jarú.
La Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en
Jarú dependerá de la Embajada de España en Brasilia.
Artículo 3.

Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Jarú.

Artículo 4. Modificación de la circunscripción de la Oficina Consular honoraria en
Manaos.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular honoraria, con categoría de
Consulado Honorario de España, en Manaos, en la República Federativa de Brasil, que
abarcará el estado de Amazonas.

cve: BOE-A-2022-17417
Verificable en https://www.boe.es

La persona titular del Consulado Honorario de España en Jarú tendrá, de
conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares, de 24
de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.