III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-17370)
Resolución de 19 de octubre de 2022, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Protocolo de actuación y colaboración con la Universidad de Salamanca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255
Lunes 24 de octubre de 2022
Cuarto.
Sec. III. Pág. 145060
Resolución.
Cualquiera de las partes podrá resolver el presente Protocolo comunicándolo a la
otra parte interviniente por escrito con dos meses de antelación a la fecha en la que
desee su finalización.
Serán causa de resolución el incumplimiento de las actuaciones que constituyen su
objeto, el transcurso del plazo de vigencia o cualquier otra causa que de común acuerdo
así lo determinen las partes.
En caso de que existiera algún convenio específico vigente celebrado al amparo de
este Protocolo marco, continuará en vigor hasta la finalización de las acciones concretas
que contemple.
Quinto. Régimen jurídico.
El presente Protocolo se rige por la legislación general de procedimiento
administrativo y régimen jurídico del sector público, no pudiendo ser fuente ni de
obligaciones ni de compromisos jurídicos concretos y exigibles.
Sexto.
Vigencia del Protocolo de colaboración.
El presente Protocolo se perfecciona el día de su firma y será publicado en el Boletín
Oficial del Estado. Su vigencia inicial será de 4 años desde la fecha de su publicación,
acordándose su prórroga por sucesivos períodos de un año, hasta un máximo de cuatro
años, mientras no se haya extinguido. Podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de las
partes, que deberá ser formalizado por escrito dos meses antes de la expiración del
plazo convenido.
cve: BOE-A-2022-17370
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo de colaboración en
duplicado ejemplar en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Director General del
Catastro, Fernando de Aragón Amunárriz.–El Rector de la Universidad de Salamanca,
Ricardo Rivero Ortega.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 255
Lunes 24 de octubre de 2022
Cuarto.
Sec. III. Pág. 145060
Resolución.
Cualquiera de las partes podrá resolver el presente Protocolo comunicándolo a la
otra parte interviniente por escrito con dos meses de antelación a la fecha en la que
desee su finalización.
Serán causa de resolución el incumplimiento de las actuaciones que constituyen su
objeto, el transcurso del plazo de vigencia o cualquier otra causa que de común acuerdo
así lo determinen las partes.
En caso de que existiera algún convenio específico vigente celebrado al amparo de
este Protocolo marco, continuará en vigor hasta la finalización de las acciones concretas
que contemple.
Quinto. Régimen jurídico.
El presente Protocolo se rige por la legislación general de procedimiento
administrativo y régimen jurídico del sector público, no pudiendo ser fuente ni de
obligaciones ni de compromisos jurídicos concretos y exigibles.
Sexto.
Vigencia del Protocolo de colaboración.
El presente Protocolo se perfecciona el día de su firma y será publicado en el Boletín
Oficial del Estado. Su vigencia inicial será de 4 años desde la fecha de su publicación,
acordándose su prórroga por sucesivos períodos de un año, hasta un máximo de cuatro
años, mientras no se haya extinguido. Podrá ser prorrogado por acuerdo expreso de las
partes, que deberá ser formalizado por escrito dos meses antes de la expiración del
plazo convenido.
cve: BOE-A-2022-17370
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Protocolo de colaboración en
duplicado ejemplar en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Director General del
Catastro, Fernando de Aragón Amunárriz.–El Rector de la Universidad de Salamanca,
Ricardo Rivero Ortega.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X