III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2022-17408)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Diputación Foral de Gipuzkoa, en materia de cesión de información tributaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Lunes 24 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 145573

prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social y en su modalidad
contributiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Instituto Nacional de Empleo
en materia de prestaciones de protección por desempleo y al Instituto Social de la Marina
en relación con el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. b) El reconocimiento y
control del derecho a las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social en
su modalidad no contributiva, con excepción de aquellas cuya gestión esté atribuida al
Instituto de Mayores y Servicios Sociales o servicios competentes de las comunidades
autónomas».
Segundo.
Que conforme el artículo 71.1, a) del texto refundido de la Ley General de la
Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
«Se establecen los siguientes supuestos de suministro de información a la
Administración de la Seguridad Social:
a) Por los organismos competentes dependientes del Ministerio de Hacienda o, en
su caso, de las comunidades autónomas o de las diputaciones forales, se facilitarán,
dentro de cada ejercicio anual, conforme al artículo 95 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria y normativa foral equivalente, a las entidades gestoras de
la Seguridad Social responsables de la gestión de las prestaciones económicas y, a
petición de las mismas, los datos relativos a los niveles de renta, patrimonio y demás
ingresos o situaciones de los titulares de prestaciones en cuanto determinen el derecho
a las mismas, así como de los beneficiarios, cónyuges y otros miembros de las unidades
familiares, siempre que deban tenerse en cuenta para el reconocimiento, mantenimiento
o cuantía de dichas prestaciones a fin de verificar si aquellos cumplen en todo momento
las condiciones necesarias para la percepción de las prestaciones y en la cuantía
legalmente establecida.
Asimismo, facilitarán a las entidades gestoras de Seguridad Social que gestionen
ayudas o subvenciones públicas, la información sobre el cumplimiento de las
obligaciones tributarias, así como los datos relativos a las inhabilitaciones para obtener
este tipo de ayudas o subvenciones y a la concesión de las mismas que deban tenerse
en cuenta para el reconocimiento del derecho o el importe de las ayudas o subvenciones
a conceder».
Tercero.

Cuarto.
Que la cesión de datos tributarios se rige por lo establecido en el artículo 92.1 de la
Norma Foral 2/2005 de 8 de marzo General Tributaria del Territorio Histórico de
Gipuzkoa, según la cual: «Los datos, informes o antecedentes obtenidos por la
Administración tributaria en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado y
sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o recursos cuya

cve: BOE-A-2022-17408
Verificable en https://www.boe.es

Que según establece el Decreto Foral 7/2020, de 16 de noviembre, de nueva
determinación de los departamentos de la Diputación Foral de Gipuzkoa, y de sus áreas
de actuación y funciones, en su artículo 10, corresponde al Departamento de Hacienda y
Finanzas el área de actuación y funciones relativas a la administración tributaria. De
igual forma, el Decreto Foral 10/2020, de 29 de septiembre, sobre estructura orgánica y
funcional del Departamento de Hacienda y Finanzas, en sus artículos 1 y 2 establece las
funciones y competencias del departamento y del diputado foral.
En virtud de dichas normas, el mencionado Departamento de Hacienda y Finanzas,
obtiene de los obligados tributarios información de carácter tributario, facilitada por
aquellos en cumplimiento de deberes legales, y demandada por las Administraciones
Públicas para el desarrollo de las funciones y competencias que tienen encomendadas.