III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-17414)
Decreto 72/2022, de 8 de junio, por el que se declara bien de interés cultural el "Castillo de Eljas", de la localidad de Eljas (Cáceres), con categoría de monumento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 255

Lunes 24 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 145617

del Ministerio de Cultura y Deporte donde aparece inscrito con el código
provisional 6957.
Dando cumplimiento a la citada Resolución, con fecha 4 de noviembre de 2021, se
procedió a practicar la notificación a los interesados en el procedimiento, así como al
ayuntamiento de Eljas (Cáceres), constando en el expediente las correspondientes
acreditaciones de haber sido recibidas por los mismos.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas y de la Ley 2/1999 de 29 de marzo de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura, se procedió a publicar anuncio de notificación en el
BOE, número 29, de 3 de febrero de 2022, a los interesados en el procedimiento que,
por distintas causas, no recibieron las mismas en los domicilios fiscales conocidos.
Asimismo, se han solicitado los informes de las instituciones consultivas a que se
refiere el art. 4.1 de la citada Ley autonómica, siendo ambos favorables. Igualmente, se
ha obtenido el informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cáceres.
En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1.47 del reformado
Estatuto de Autonomía de Extremadura y el artículo 9.1 de la Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, a propuesta de la Consejera
de Cultura, Turismo y Deportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la
Junta de Extremadura, en sesión celebrada el día 8 de junio de 2022, dispongo:
Artículo 1.
La declaración de «El Castillo de Eljas» de la localidad de Eljas (Cáceres), como
Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento de acuerdo con las
especificaciones de los Anexos que se acompañan.
Artículo 2. Publicaciones.
Publicar en el «Diario Oficial de Extremadura» y en el «Boletín Oficial del Estado» el
presente decreto, y notificar el mismo al Ayuntamiento de Eljas (Cáceres) y al resto de
posibles interesados.
Artículo 3. Inscripción en los Registros.
Comunicar esta declaración al Ministerio de Cultura y Deporte, para su inscripción
definitiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario
Oficial de Extremadura».
Mérida, 8 de junio de 2022.–La Consejera de Cultura, Turismo y Deportes, Nuria
Flores Redondo.–El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara.

[Se publica, como anexo, un extracto del informe, de fecha 31 de marzo de 2017, de
los servicios técnicos de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio
Cultural. El informe y documentación íntegros a la que hace referencia el acuerdo de
incoación, constan en el expediente administrativo correspondiente. Este expediente se
podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural (Avenida Valhondo, s/n. Módulo 4, Planta 2.ª, 06800 Mérida,
Badajoz) por las personas interesadas en el procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 12 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno y el artículo 15 y siguientes de la
Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.]

cve: BOE-A-2022-17414
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ANEXOS