II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-17294)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Universidad de Cantabria, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, en el marco de estabilización de empleo temporal, de plaza de personal laboral de la Escala A, Diseñador/Consultor de Materiales Docentes (Docencia Virtual).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
3.3.2
Sec. II.B. Pág. 144670
Comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen:
– Los derechos de examen serán de 12,63 euros. Se ingresarán en la entidad
bancaria Unicaja, cuenta número IBAN: ES87 2103 8557 1700 3000 4959, de la
Universidad de Cantabria.
– El ingreso se realizará bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha
cuenta. Se deberá indicar en el concepto «Pruebas selectivas Diseñador/Consultor de
Materiales Docentes».
– En el documento de ingreso deberá figurar el nombre y apellidos de la persona
aspirante, el número de convocatoria y el sello de la entidad bancaria Unicaja o ir
acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la
exclusión de la persona aspirante. En ningún caso la mera presentación para el pago
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud.
3.3.3
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
– Quienes se encuentren en situación legal de desempleo, estando inscritos como
demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo con al menos un mes de
antelación a la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo, debiendo
acompañar documento acreditativo de esta condición expedido dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación
de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
– Las víctimas de la violencia de género a las que hace referencia la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, y sus hijos o hijas; para ello deberán aportar la resolución judicial
otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida
cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en el que el órgano judicial estime la
existencia de cualquiera de los delitos o faltas.
– Los miembros de familias numerosas, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
3.3.4
Documentación acreditativa de los méritos aportados:
– Los documentos indicados en los apartados a) y b) se deberán adjuntar un único
documento en formato pdf denominado «Méritos profesionales»
– Los documentos indicados en el apartado c) se deberán adjuntar en un único
documento en formato pdf denominado «Titulaciones».
– Los documentos indicados en el apartado d) se deberán adjuntar en un único
documento pdf denominado «Cursos de formación».
Para la valoración de méritos correspondientes a servicios prestados en la
Universidad de Cantabria, no será preciso que el interesado presente certificación de
méritos que consten en su expediente personal, que se expedirá de oficio por el Servicio
de Personal de Administración y Servicios. En el caso de méritos relacionados con la
cve: BOE-A-2022-17294
Verificable en https://www.boe.es
a) Certificado acreditativo de las funciones desarrolladas en los puestos de trabajo
cuyos servicios deban ser valorados en el apartado «Méritos profesionales».
b) Informe de la vida laboral de la Seguridad Social.
c) Títulos académicos oficiales de nivel superior al exigido para el acceso a la plaza
correspondiente en función de la Escala a la que pertenezca la misma.
d) Certificados acreditativos de los cursos de formación.
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
3.3.2
Sec. II.B. Pág. 144670
Comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen:
– Los derechos de examen serán de 12,63 euros. Se ingresarán en la entidad
bancaria Unicaja, cuenta número IBAN: ES87 2103 8557 1700 3000 4959, de la
Universidad de Cantabria.
– El ingreso se realizará bien directamente o mediante transferencia bancaria a dicha
cuenta. Se deberá indicar en el concepto «Pruebas selectivas Diseñador/Consultor de
Materiales Docentes».
– En el documento de ingreso deberá figurar el nombre y apellidos de la persona
aspirante, el número de convocatoria y el sello de la entidad bancaria Unicaja o ir
acompañada del resguardo acreditativo de la transferencia, cuya falta determinará la
exclusión de la persona aspirante. En ningún caso la mera presentación para el pago
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma de la solicitud.
3.3.3
Estarán exentos del pago de los derechos de examen:
– Quienes se encuentren en situación legal de desempleo, estando inscritos como
demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo con al menos un mes de
antelación a la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo, debiendo
acompañar documento acreditativo de esta condición expedido dentro del plazo de
presentación de solicitudes.
– Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
– Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido
daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten
mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se
reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación
de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
– Las víctimas de la violencia de género a las que hace referencia la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, y sus hijos o hijas; para ello deberán aportar la resolución judicial
otorgando la orden de protección a favor de la víctima, sentencia condenatoria, medida
cautelar a favor de la víctima o cualquier otra en el que el órgano judicial estime la
existencia de cualquiera de los delitos o faltas.
– Los miembros de familias numerosas, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
3.3.4
Documentación acreditativa de los méritos aportados:
– Los documentos indicados en los apartados a) y b) se deberán adjuntar un único
documento en formato pdf denominado «Méritos profesionales»
– Los documentos indicados en el apartado c) se deberán adjuntar en un único
documento en formato pdf denominado «Titulaciones».
– Los documentos indicados en el apartado d) se deberán adjuntar en un único
documento pdf denominado «Cursos de formación».
Para la valoración de méritos correspondientes a servicios prestados en la
Universidad de Cantabria, no será preciso que el interesado presente certificación de
méritos que consten en su expediente personal, que se expedirá de oficio por el Servicio
de Personal de Administración y Servicios. En el caso de méritos relacionados con la
cve: BOE-A-2022-17294
Verificable en https://www.boe.es
a) Certificado acreditativo de las funciones desarrolladas en los puestos de trabajo
cuyos servicios deban ser valorados en el apartado «Méritos profesionales».
b) Informe de la vida laboral de la Seguridad Social.
c) Títulos académicos oficiales de nivel superior al exigido para el acceso a la plaza
correspondiente en función de la Escala a la que pertenezca la misma.
d) Certificados acreditativos de los cursos de formación.