III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-17300)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de A Coruña, para la realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y posgrado en la Consejería de Educación de Polonia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 144729
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
17300
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con la Universidad de A Coruña, para la
realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y posgrado en
la Consejería de Educación de Polonia.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad da Coruña, han
suscrito, con fecha 11 de octubre de 2022, un convenio para la realización de prácticas
académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de
Educación de Polonia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 13 de octubre de 2022.–El Secretario General Técnico, Santiago Antonio
Roura Gómez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la
Universidad da Coruña para la realización de prácticas académicas de los alumnos
de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de Educación de Polonia
11 de octubre de 2022.
De una parte, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, representado en
este acto por doña María del Ángel Muñoz Muñoz, Directora General de Planificación y
Gestión Educativa, nombrada por Real Decreto 556/2022, de 5 de julio, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 7.1 de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de
límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de
competencias.
Y de otra, la Universidad da Coruña, con domicilio a los efectos del presente
convenio en C/ Maestranza, núm. 9 15001 A Coruña y, en su nombre y representación,
Julio E. Abalde Alonso, nombrado en el Decreto 5/2020, de 9 de enero del «Diario Oficial
de Galicia» Actúa por las facultades que le otorga el artículo 36.1.f) de los Estatutos de
esta universidad, aprobados por el Decreto 101/2004, de 13 de mayo, de la Xunta de
Galicia (DOG de 26 de mayo).
EXPONEN
I. Que el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en virtud del Real
Decreto 1045/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación
profesional. Dicho Real Decreto en su artículo 5 recoge las funciones de la Dirección
General de Planificación y Gestión Educativa, entre las que se encuentran «la
planificación, dirección y gestión de los servicios de educación en el exterior
cve: BOE-A-2022-17300
Verificable en https://www.boe.es
Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la
normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 144729
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
17300
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con la Universidad de A Coruña, para la
realización de prácticas académicas de los alumnos de grado y posgrado en
la Consejería de Educación de Polonia.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Universidad da Coruña, han
suscrito, con fecha 11 de octubre de 2022, un convenio para la realización de prácticas
académicas de los alumnos de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de
Educación de Polonia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 13 de octubre de 2022.–El Secretario General Técnico, Santiago Antonio
Roura Gómez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la
Universidad da Coruña para la realización de prácticas académicas de los alumnos
de grado y de posgrado en el ámbito de la Consejería de Educación de Polonia
11 de octubre de 2022.
De una parte, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, representado en
este acto por doña María del Ángel Muñoz Muñoz, Directora General de Planificación y
Gestión Educativa, nombrada por Real Decreto 556/2022, de 5 de julio, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 7.1 de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de
límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de
competencias.
Y de otra, la Universidad da Coruña, con domicilio a los efectos del presente
convenio en C/ Maestranza, núm. 9 15001 A Coruña y, en su nombre y representación,
Julio E. Abalde Alonso, nombrado en el Decreto 5/2020, de 9 de enero del «Diario Oficial
de Galicia» Actúa por las facultades que le otorga el artículo 36.1.f) de los Estatutos de
esta universidad, aprobados por el Decreto 101/2004, de 13 de mayo, de la Xunta de
Galicia (DOG de 26 de mayo).
EXPONEN
I. Que el Ministerio de Educación y Formación Profesional, en virtud del Real
Decreto 1045/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla su estructura orgánica
básica, es el Departamento de la Administración General del Estado encargado de la
propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia educativa y de formación
profesional. Dicho Real Decreto en su artículo 5 recoge las funciones de la Dirección
General de Planificación y Gestión Educativa, entre las que se encuentran «la
planificación, dirección y gestión de los servicios de educación en el exterior
cve: BOE-A-2022-17300
Verificable en https://www.boe.es
Los firmantes, en nombre y representación de ambas partes, manifiestan que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente, de acuerdo con la
normativa que les resulta de aplicación para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,