III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Hidrocarburos. Concesiones de explotación. (BOE-A-2022-17312)
Orden TED/998/2022, de 14 de septiembre, por la que se extingue la concesión de explotación de hidrocarburos denominada "Lora", otorgada por el Decreto 3311/1966, de 29 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 144837
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Orden TED/998/2022, de 14 de septiembre, por la que se extingue la
concesión de explotación de hidrocarburos denominada «Lora», otorgada por
el Decreto 3311/1966, de 29 de diciembre.
La concesión de explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominada
«Lora», situada en la provincia de Burgos, fue otorgada mediante el Decreto 3311/1966,
de 29 de diciembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 26, de 31 de enero
de 1967, a las sociedades «Compañía Arrendataria del Monopolio de Petróleos, S.A.»
(CAMPSA), «California Oil Company of Spain» (CALSPAIN) y «Texaco (Spain) Inc.»
(TEXSPAIN).
Mediante Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 26 de enero de 1999,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 36 de 11 febrero de 1999, se declaró
extinguida parcialmente, por renuncia de los titulares, la concesión de explotación de
hidrocarburos denominada «Lora», siendo la superficie conservada de 10.619,28
hectáreas, coincidente con la actual de la concesión.
Tras diversas cesiones, la titularidad actual de la concesión corresponde a la
sociedad «Compañía Petrolífera de Sedano, S.L.U.», con CIF N.º B-84857663, (en
adelante «CPS») según lo dispuesto en la Orden ITC/3379/2008, de 10 de noviembre,
por la que se autoriza el contrato de cesión de la concesión de explotación de
hidrocarburos «Lora» a favor de dicha compañía, publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 284, de 25 de noviembre de 2008.
Mediante Real Decreto 54/2017, de 27 de enero, publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 24, de 28 de enero de 2017, se denegó la solicitud de prórroga de la
concesión de explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominada «Lora»
(Burgos). De acuerdo con su apartado primero, «CPS» «deberá proceder al
desmantelamiento de las instalaciones y será responsable del mantenimiento de las
mismas en condiciones seguras para las personas, los bienes y el medio ambiente hasta
que tal desmantelamiento sea definitivo». Asimismo, de acuerdo con lo establecido en su
apartado segundo, una vez se verifique el abandono de las instalaciones en adecuadas
condiciones de seguridad, así como el cumplimiento del resto de obligaciones a que se
refiere el artículo 73 del Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de
Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, se declarará extinguida la concesión y se
procederá, en su caso, a la devolución de las garantías existentes.
Por otra parte, mediante Resolución de 27 de noviembre de 2017, de la Dirección
General de Política Energética y Minas, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm.
303, de 14 de diciembre de 2017, se aprobó el plan de abandono en la concesión de
explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominada «Lora». Se contempla, en
su apartado segundo, una primera fase denominada como desmantelamiento parcial, ya
ejecutada. Por otra parte, en su apartado sexto, se prevé la ejecución de una segunda
fase del plan de abandono, consistente en el abandono definitivo de los pozos del campo
y en el desmantelamiento de sus instalaciones remanentes, en el caso de que,
finalmente, no se otorgara una nueva concesión a través de la convocatoria eventual de
un concurso sobre el área como habilitaba el apartado tercero del Real Decreto 54/2017,
de 27 de enero, o concurrieran circunstancias impeditivas de su resolución favorable,
siendo ésta la situación finalmente acontecida.
Posteriormente, la Orden ETU/323/2018, de 14 de marzo, publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» núm. 75, de 27 de marzo de 2018, extinguió, a los solos efectos de
cve: BOE-A-2022-17312
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17312
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 144837
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Orden TED/998/2022, de 14 de septiembre, por la que se extingue la
concesión de explotación de hidrocarburos denominada «Lora», otorgada por
el Decreto 3311/1966, de 29 de diciembre.
La concesión de explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominada
«Lora», situada en la provincia de Burgos, fue otorgada mediante el Decreto 3311/1966,
de 29 de diciembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 26, de 31 de enero
de 1967, a las sociedades «Compañía Arrendataria del Monopolio de Petróleos, S.A.»
(CAMPSA), «California Oil Company of Spain» (CALSPAIN) y «Texaco (Spain) Inc.»
(TEXSPAIN).
Mediante Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 26 de enero de 1999,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 36 de 11 febrero de 1999, se declaró
extinguida parcialmente, por renuncia de los titulares, la concesión de explotación de
hidrocarburos denominada «Lora», siendo la superficie conservada de 10.619,28
hectáreas, coincidente con la actual de la concesión.
Tras diversas cesiones, la titularidad actual de la concesión corresponde a la
sociedad «Compañía Petrolífera de Sedano, S.L.U.», con CIF N.º B-84857663, (en
adelante «CPS») según lo dispuesto en la Orden ITC/3379/2008, de 10 de noviembre,
por la que se autoriza el contrato de cesión de la concesión de explotación de
hidrocarburos «Lora» a favor de dicha compañía, publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 284, de 25 de noviembre de 2008.
Mediante Real Decreto 54/2017, de 27 de enero, publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 24, de 28 de enero de 2017, se denegó la solicitud de prórroga de la
concesión de explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominada «Lora»
(Burgos). De acuerdo con su apartado primero, «CPS» «deberá proceder al
desmantelamiento de las instalaciones y será responsable del mantenimiento de las
mismas en condiciones seguras para las personas, los bienes y el medio ambiente hasta
que tal desmantelamiento sea definitivo». Asimismo, de acuerdo con lo establecido en su
apartado segundo, una vez se verifique el abandono de las instalaciones en adecuadas
condiciones de seguridad, así como el cumplimiento del resto de obligaciones a que se
refiere el artículo 73 del Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de
Hidrocarburos de 27 de junio de 1974, se declarará extinguida la concesión y se
procederá, en su caso, a la devolución de las garantías existentes.
Por otra parte, mediante Resolución de 27 de noviembre de 2017, de la Dirección
General de Política Energética y Minas, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm.
303, de 14 de diciembre de 2017, se aprobó el plan de abandono en la concesión de
explotación de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominada «Lora». Se contempla, en
su apartado segundo, una primera fase denominada como desmantelamiento parcial, ya
ejecutada. Por otra parte, en su apartado sexto, se prevé la ejecución de una segunda
fase del plan de abandono, consistente en el abandono definitivo de los pozos del campo
y en el desmantelamiento de sus instalaciones remanentes, en el caso de que,
finalmente, no se otorgara una nueva concesión a través de la convocatoria eventual de
un concurso sobre el área como habilitaba el apartado tercero del Real Decreto 54/2017,
de 27 de enero, o concurrieran circunstancias impeditivas de su resolución favorable,
siendo ésta la situación finalmente acontecida.
Posteriormente, la Orden ETU/323/2018, de 14 de marzo, publicada en el «Boletín
Oficial del Estado» núm. 75, de 27 de marzo de 2018, extinguió, a los solos efectos de
cve: BOE-A-2022-17312
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