V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2022-32556)
Modificación del extracto de la Orden de 21 de julio de 2022, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas del programa Bono Cultural Joven 2022
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 50141
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
32556
Modificación del extracto de la Orden de 21 de julio de 2022, por la que
se convoca e l proce dimie nto para la conce sión de las ayudas de l
programa Bono Cultural Jove n 2022
BDNS(Identif.):640313
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
640313)
Con fecha 25 de julio de 2022, se publicó en el Boletín Oficial del Estado
número 177, el extracto de la Orden de 21 de julio de 2022, del Ministro de Cultura
y Deporte, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas
del programa Bono Cultural Joven 2022. Mediante Orden del Ministro de Cultura y
Deporte de 21 de octubre de 2022, se ha aprobado la siguiente modificación que
afecta a la referida convocatoria:
Primero.- Se ha modificado el apartado Sexto. Otros datos: "Para poder
efectuar la solicitud, la persona interesada deberá identificarse electrónicamente en
la plataforma web del Bono Cultural Joven, de acuerdo con los medios previstos en
el artículo 9, apartado 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta identificación se
realizará utilizando alguno de los sistemas de identificación previstos en la
plataforma Cl@ve:
a) Sistemas de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la
"Lista de prestadores de servicios electrónicos de confianza cualificados", a
consultar en: https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/.
b) Sistemas basados en claves concertadas como Cl@ve PIN o Cl@ve
permanente, siendo suficiente el de nivel básico.
Los beneficiarios deberán subir a la plataforma del Bono Cultural Joven el
comprobante electrónico o la imagen digitalizada del justificante de la compra
efectuada en la que consten, al menos, los siguientes datos: importe, fecha de la
compra y entidad en la que se haya realizado.
En caso de detección de uso indebido o fraudulento, la tarjeta prepago del
Bono Cultural Joven quedará inoperativa hasta que se subsane la incidencia
detectada."
Madrid, 21 de octubre de 2022.- Miquel Octavi Iceta i Llorens, El Ministro de
cve: BOE-B-2022-32556
Verificable en https://www.boe.es
Si la persona interesada no ha cumplido 18 años de edad a fecha de solicitud,
podrá utilizar para su identificación únicamente Cl@ve PIN con registro avanzado
o Cl@ve permanente, que se obtiene de forma presencial, acompañado del padre,
madre o tutor en cualquiera de las Oficinas de Registro Cl@ve a consultar en
https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/
OficinasRegistro_CLAVE.html
Núm. 254
Sábado 22 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 50141
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MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
32556
Modificación del extracto de la Orden de 21 de julio de 2022, por la que
se convoca e l proce dimie nto para la conce sión de las ayudas de l
programa Bono Cultural Jove n 2022
BDNS(Identif.):640313
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
640313)
Con fecha 25 de julio de 2022, se publicó en el Boletín Oficial del Estado
número 177, el extracto de la Orden de 21 de julio de 2022, del Ministro de Cultura
y Deporte, por la que se convoca el procedimiento para la concesión de las ayudas
del programa Bono Cultural Joven 2022. Mediante Orden del Ministro de Cultura y
Deporte de 21 de octubre de 2022, se ha aprobado la siguiente modificación que
afecta a la referida convocatoria:
Primero.- Se ha modificado el apartado Sexto. Otros datos: "Para poder
efectuar la solicitud, la persona interesada deberá identificarse electrónicamente en
la plataforma web del Bono Cultural Joven, de acuerdo con los medios previstos en
el artículo 9, apartado 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta identificación se
realizará utilizando alguno de los sistemas de identificación previstos en la
plataforma Cl@ve:
a) Sistemas de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la
"Lista de prestadores de servicios electrónicos de confianza cualificados", a
consultar en: https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/Prestadores/.
b) Sistemas basados en claves concertadas como Cl@ve PIN o Cl@ve
permanente, siendo suficiente el de nivel básico.
Los beneficiarios deberán subir a la plataforma del Bono Cultural Joven el
comprobante electrónico o la imagen digitalizada del justificante de la compra
efectuada en la que consten, al menos, los siguientes datos: importe, fecha de la
compra y entidad en la que se haya realizado.
En caso de detección de uso indebido o fraudulento, la tarjeta prepago del
Bono Cultural Joven quedará inoperativa hasta que se subsane la incidencia
detectada."
Madrid, 21 de octubre de 2022.- Miquel Octavi Iceta i Llorens, El Ministro de
cve: BOE-B-2022-32556
Verificable en https://www.boe.es
Si la persona interesada no ha cumplido 18 años de edad a fecha de solicitud,
podrá utilizar para su identificación únicamente Cl@ve PIN con registro avanzado
o Cl@ve permanente, que se obtiene de forma presencial, acompañado del padre,
madre o tutor en cualquiera de las Oficinas de Registro Cl@ve a consultar en
https://administracion.gob.es/pag_Home/atencionCiudadana/encuentraTuOficina/
OficinasRegistro_CLAVE.html