III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-17257)
Resolución de 17 de octubre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., por el que se regula el desarrollo conjunto de programas de posgrado para la obtención de títulos oficiales de máster y doctorado, títulos propios y de actividades de formación de cursos avanzados.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 144364

Las partes se reconocen la capacidad jurídica y competencia suficientes para
formalizar la presente adenda y, en su virtud
EXPONEN
1. Que, en fecha 3 de diciembre de 2020, el CSIC y la UIMP suscribieron un
convenio para establecer la colaboración de las partes en el desarrollo de un conjunto de
programas de posgrado para la obtención de títulos oficiales de máster y doctorado,
títulos propios y de actividades de formación de cursos avanzados.
2. Que la cláusula decimosexta del convenio («Régimen de modificación del
convenio») prevé que la modificación del mismo requerirá acuerdo unánime de los
firmantes que se recogerá expresamente mediante la firma de una adenda, tramitada de
conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Al tratarse de una adenda cuyo objeto es, en una de sus partes, «la gestión y
ejecución de proyectos y actuaciones que sean financiables con los fondos europeos
previstos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», se regirá en lo que
proceda por las especialidades previstas en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de
la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia.
El objeto de la adenda se encuentra regulado en la letra c) de la cláusula primera del
convenio en la que se establece la colaboración entre el CSIC y la UIMP a través de la
realización conjunta de actividades formativas dentro de la programación de Cursos
Avanzados ofertada por la UIMP.
3. Que en la cláusula sexta del convenio se prevé la colaboración en las
actividades formativas dentro de la programación de cursos avanzados de la UIMP,
estableciéndose en la cláusula séptima que la financiación de las actividades y
programas conjuntos podrán financiarse mediante «patrocinios y colaboraciones», por
los ingresos obtenidos de las matrículas, así como por las transferencias presupuestarias
del CSIC.
4. Que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno traza la
hoja de ruta para la modernización de la economía española, la recuperación del
crecimiento económico y la creación de empleo, para la reconstrucción económica
sólida, inclusiva y resiliente tras la crisis de la COVID, y para responder a los retos de la
próxima década. Este Plan recibirá la financiación de los fondos Next Generation EU,
entre ellos el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Esta transferencia se enmarca
en el Componente 17 del Plan, denominado «Reforma institucional y fortalecimiento de
las capacidades del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación», que pretende
reformar el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación para adecuarlo a los
estándares internacionales y permitir el desarrollo de sus capacidades y recursos. En
concreto en la Inversión I5 «Mejora de las capacidades y de la orientación de las
Oficinas de Transferencia de Resultados de la Investigación (OTRIs)» y proyecto
«Transferencia de conocimiento».
Este proyecto no contribuye a la consecución de ningún Objetivo CID ni tiene
asociada una etiqueta verde ni digital en los términos previstos por los anexos VI y VII
del Reglamento 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Asimismo, todas las actuaciones financiadas que se llevarán a cabo en el marco de
esta adenda, deben respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al
medioambiente (principio DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm»).
5. Que en el marco de componente 17, medida I5, el CSIC está desarrollando el
proyecto denominado «Mejora de las capacidades y de la orientación de las Oficinas de
Transferencia de Resultados de la Investigación (OTRIs)», proyecto que, desde el punto
de vista científico, va a ser liderado desde Ingenio (CSIC-UPV).

cve: BOE-A-2022-17257
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 253