I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Trasvase Tajo-Segura. (BOE-A-2022-17169)
Orden TED/991/2022, de 17 de octubre, por la que se autoriza un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, de 7,5 hm³ para el mes de octubre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 21 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 143476

existencias efectivas en el conjunto de embalses de Entrepeñas-Buendía el día 1 de
octubre de 2022 ascienden a 475,6 hm3, siendo este valor inferior al de referencia
de 613 hm3 de paso entre los niveles 2 y 3 fijado en el Real Decreto 773/2014 para el
mes de octubre y superior al umbral de 400 hm3 de reservas no trasvasables, por lo que
se constata la situación hidrológica excepcional, nivel 3.
De acuerdo con el método previsto para situaciones hidrológicas excepcionales, el
trasvase resultante para el mes de octubre podría llegar a un máximo de 20 hm3.
Asimismo, y partiendo de la situación registrada a comienzos de octubre, la aplicación
trimestral de la regla de explotación realizada en el informe del CEDEX indica que el
sistema se encontraría en situación hidrológica excepcional (nivel 3) durante todo el
trimestre. Adicionalmente, en dicho informe se ha procedido a aplicar la regla
semestralmente con el único propósito de disponer de una ventana de pronóstico algo
mayor que permita anticipar la posible tendencia en su evolución y tener algo más de
perspectiva, concluyendo que, si se confirmaran las aportaciones de cálculo supuestas,
correspondientes al percentil del 20%, el sistema se mantendría en nivel 3 el resto del
semestre.
El citado informe recoge también la información enviada por la Confederación
Hidrográfica del Segura sobre los volúmenes de agua trasvasada disponibles a 1 de
octubre, para abastecimiento y regadíos en la cuenca, que son de 33,46 hm3 y 9,11 hm3,
respectivamente, lo que supone un volumen total de 42,57 hm3. Estos volúmenes de
agua constituyen una reserva de agua ya trasvasada cuyo objetivo es atender las
necesidades de suministro que surjan en el futuro de forma simultánea con los trasvases
posteriores.
La Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, en su reunión de 13
de octubre del 2022 y a la vista del informe del CEDEX, decide informar, conforme a lo
previsto legalmente para este caso, que se podría autorizar un volumen máximo
de 20,0 hm3 para el mes de octubre de 2022.
Dada la situación hidrológica excepcional existente en los embalses de cabecera, es
razonable tomar en consideración las reservas existentes procedentes del trasvase en la
cuenca receptora que suponen 42,57 hm3. Dado que la previsión recogida en el informe
del CEDEX es que el sistema se encuentre en nivel 3 correspondiente a situación
hidrológica excepcional durante los próximos 3 meses y teniendo en cuenta los
consumos de abastecimiento y regadío estimados para los próximos meses, las reservas
se agotarían en algo menos de 2 meses.
Considerando todo lo expuesto anteriormente:
1. Se constata que a fecha 1 de octubre de 2022 la situación del sistema es la
correspondiente al Nivel 3, referida a situaciones hidrológicas excepcionales.
2. Se toma nota de la previsión para el trimestre, que indica que el sistema se
mantendrá en situación hidrológica excepcional.
3. Se toma nota de que, a fecha de 1 de octubre de 2022 existe un volumen de
agua trasvasada disponible en la cuenca del Segura para abastecimientos y regadíos
de 42,57 hm3.
4. Se toma nota de la propuesta de la Comisión Central de Explotación del
Acueducto Tajo-Segura celebrada el 13 de octubre del 2022 que, a la vista del informe
del CEDEX, concluye que se podría autorizar hasta un volumen máximo de 20,0 hm3
para el mes de octubre de 2022.
5. Se toma en consideración que de acuerdo con la disposición adicional quinta de
la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de
noviembre, de Montes, los volúmenes cuyo trasvase haya sido autorizado se distribuirán
entre abastecimientos y regadíos, asegurando siempre al menos 7,5 hm3/mes para los
abastecimientos urbanos.
Por todo ello, en aplicación de los principios de prevención y precaución que deben
presidir la acción de las Administraciones Públicas, considerando las reservas de
volúmenes de agua trasvasada disponibles en la cuenca del Segura a fecha 1 de

cve: BOE-A-2022-17169
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