III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Derecho de la Unión Europea. (BOE-A-2022-17155)
Resolución de 7 de octubre de 2022, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de septiembre de 2022, por el que se aprueba la terminación del procedimiento de repercusión de responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea iniciado a la Comunidad de Castilla y León el 28 de junio de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 252

Jueves 20 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 143143

Tercero.

La Comisión Europea, ha liquidado las cuentas del organismo pagador de Castilla
León correspondientes a los gastos financiados por el FEADER en relación con el cierre
final de las cuentas del Programa de Desarrollo Rural para el período 2007-2013. En la
carta Ares (2022) 3890979, figuran los importes financiados a recuperar que debe
reintegrar el Organismo Pagador, una vez cerrado el citado programa de desarrollo rural
de la Comunidad de Castilla y León en el ejercicio financiero 2021.
En este caso, el importe a reintegrar total es de 13.145,42 euros y se corresponde
con las cantidades recuperadas según lo declarado en el anexo II Reglamento (UE) n.º
908/2014.
El Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., en adelante FEGA, conforme al Real
Decreto 92/2018, de 2 de marzo, por el que se establece el régimen de los organismos
pagadores y de coordinación de los fondos europeos agrícolas, es el organismo
competente de la Administración General del Estado para iniciar de oficio el
procedimiento de determinación de responsabilidades como Organismo de coordinación
de todos los pagos procedentes del FEAGA y del FEADER. Además, se establece que
son los organismos pagadores de las comunidades autónomas los que tienen
competencia en la gestión, control, resolución y pago de los fondos agrícolas y, por tanto,
en consonancia con la disposición adicional quinta del Real Decreto 515/2013, de 5 de
julio, deben asumir el pago de las correcciones financieras derivadas de las ayudas en
las que tienen competencias.
En consecuencia, en base al artículo 8.1 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio,
por el que se regulan los criterios y el procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, el FEGA inició
de oficio, mediante acuerdo de 28 de junio de 2022, el procedimiento de determinación
de responsabilidades, que fue notificado el día 29 de junio de 2022 y recepcionado por el
Organismo Pagador de la Comunidad de Castilla y León ese mismo día.
De este acuerdo de inicio se remitió copia a los órganos competentes en materia de
hacienda pública de la Administración responsable.
El Organismo Pagador de la comunidad autónoma no presentó alegaciones al
acuerdo de inicio en defensa de su derecho, con arreglo a lo establecido en el artículo 11
del citado Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.
Conforme al artículo 13 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio, antes de formular la
propuesta de resolución, el 14 de julio se puso de manifiesto al Organismo pagador de la
Comunidad de Castilla y León el expediente completo mediante la apertura del trámite
de audiencia, no presentando la Comunidad Autónoma alegaciones al mismo.
Con fecha 1 de julio de 2022, la Comunidad de Castilla y León solicitó la
compensación en la próxima petición de Fondos, de la deuda total con cargo a FEADER.
En virtud de lo contemplado en el artículo 15.2 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio,
se admite dicha compensación como pago voluntario anticipado y no se repercutirán
intereses compensatorios sobre la deuda abonada ni compensada.
Consta en las actuaciones el informe preceptivo de la Abogacía del Estado previsto
en el artículo 12.1 del Real Decreto 515/2013, de 5 de julio.

cve: BOE-A-2022-17155
Verificable en https://www.boe.es

El presente acuerdo de Consejo de Ministros será publicado en el «Boletín Oficial del
Estado», dado que pone fin al procedimiento para determinar y repercutir las
responsabilidades por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, reconocidas por
la Comisión Europea mediante la carta Ares (2022) 3890979, donde se ha liquidado las
cuentas del organismo pagador de Castilla y León correspondientes a los gastos
financiados por el FEADER en relación con el cierre final de las cuentas del Programa de
Desarrollo Rural para el período 2007-2013. En la citada carta figuran los importes
financiados a recuperar que debe reintegrar el organismo pagador, una vez cerrado el
programa de desarrollo rural de la Comunidad de Castilla y León en el ejercicio
financiero 2021.
Asimismo el Acuerdo, en su parte expositiva indica: