III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2022-17149)
Resolución de 13 de octubre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, del depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales y del registro de empresas de trabajo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 143077

La entrada en funcionamiento de estas aplicaciones ha permitido que cualquier
trámite relacionado tanto con el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, el
depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, o el registro de
empresas de trabajo temporal, se pueda realizar de forma electrónica, dando
cumplimiento así al derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las
Administraciones Públicas establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Además, la creación de cada una de estas aplicaciones ha permitido la existencia,
por primera vez, de una información completa, tanto de los convenios y acuerdos
colectivos de trabajo existentes como de las organizaciones sindicales y empresariales
cuyos estatutos están depositados en las oficinas públicas de estatutos, como de las
empresas de trabajo temporal registradas ante cualquier autoridad laboral del Estado.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, el Real
Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones
sindicales y empresariales, y el Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se
aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal, al establecer que sus
respectivos procedimientos deberán tramitarse a través de medios electrónicos, traen
como consecuencia la necesidad de una aplicación informática que les dé cobertura.
Además, al establecerse en cada uno de los reales decretos la constitución de una
base de datos central, exige que la información remitida por cada autoridad laboral
competente se efectúe siguiendo unas determinadas especificaciones técnicas.
3. Por ello, los reales decretos antes citados prevén la firma de convenios entre el
Ministerio de Trabajo y Economía Social, y aquellas comunidades autónomas que
deseen utilizar las correspondientes aplicaciones informáticas como soporte informático
de los citados procedimientos.
Dichos convenios se firmaron en el momento de entrada en funcionamiento de cada
una de las aplicaciones.
4. El Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, aprobado por Ley
Orgánica 4/1982, de 9 de junio, atribuye la función ejecutiva en materia laboral a la
Región de Murcia (artículo 12.Uno.10), sin perjuicio de las competencias del Estado
sobre legislación laboral y de la alta inspección de acuerdo con el artículo 149.1.7 de la
Constitución. Las funciones y servicios en esta materia se traspasaron a la Comunidad
Autónoma por Real Decreto 375/1995, de 10 de marzo. Por su parte, el artículo 6 del
Decreto del Presidente núm. 11/2022, de 12 de mayo, de reorganización de la
Administración Regional, atribuye la materia de trabajo a la Consejería de Empresa,
Empleo, Universidades y Portavocía.
En virtud de lo anterior, las partes arriba indicadas acuerdan suscribir el presente
Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
En cumplimiento de lo previsto en:
– La disposición adicional primera del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad.
– La disposición adicional primera del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre
depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
– La disposición adicional única del Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal.

cve: BOE-A-2022-17149
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Núm. 252