I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Planes y fondos de pensiones. (BOE-A-2022-17042)
Real Decreto 885/2022, de 18 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero, para el impulso de los planes de pensiones de empleo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251
Miércoles 19 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 141838
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 885/2022, de 18 de octubre, por el que se modifica el
Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto
304/2004, de 20 de febrero, para el impulso de los planes de pensiones de
empleo.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de
Ministros del 27 de abril de 2021 y presentado ante la Comisión Europea en el marco de
la iniciativa Next Generation EU, para la recuperación de la economía, contempla entre
sus líneas de acción el que se ha denominado componente 30, «Sostenibilidad a largo
plazo del sistema público de pensiones en el marco del Pacto de Toledo», cuya
reforma 5 se refiere a la revisión y el impulso de los sistemas complementarios de
pensiones. Dicha reforma prevé la aprobación de un nuevo marco jurídico que impulse
los planes de pensiones de empleo y contemple la promoción pública de fondos de
pensiones permitiendo dar cobertura a colectivos de trabajadores sin planes de empleo
en sus empresas o a autónomos, así como aumentar la cobertura de los planes de
pensiones de empleo acordados mediante negociación colectiva, preferentemente
sectorial.
Según el calendario asumido en el citado Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, esta nueva regulación debería estar aprobada antes de la finalización del
primer semestre de 2022.
Dicho hito fue cumplido en plazo con la aprobación y publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de
los planes de pensiones de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley
de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, que recoge, como nuevas figuras dentro del
marco de la previsión social complementaria en España, los fondos de pensiones de
empleo de promoción pública abiertos y los planes de pensiones de empleo
simplificados, que se pueden adscribir a estos fondos y que cuentan con un sistema
menos complejo de promoción que el vigente hasta dicho momento, orientado a facilitar
la generalización de los mismos.
Precisamente, este real decreto establece el desarrollo reglamentario de la referida
Ley 12/2022, de 30 de junio, para su efectiva puesta en práctica. Se trata de un
desarrollo reglamentario de carácter parcial que tiene como objetivo primordial regular
los elementos imprescindibles que permitan su aplicación.
Asimismo, este real decreto hace efectiva la recomendación 16.ª del informe de
evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por el Pleno del Congreso de los
Diputados el día 19 de noviembre de 2020, en la que se busca dotar de estabilidad al
actual modelo de previsión social complementaria, en concreto, desde el impulso del
segundo pilar del modelo de pensiones, a través de planes de pensiones de empleo
simplificados que se pueden integrar en los fondos de pensiones de empleo de
promoción pública abiertos o en los fondos de pensiones de empleo de promoción
privada, para que se generalice entre los trabajadores por cuenta propia y ajena este
instrumento de ahorro privado.
Mediante esta norma, se procede a regular la organización y funcionamiento, como
órgano colegiado interministerial, de la Comisión Promotora y de Seguimiento de los
fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos con objeto de poder
hacer efectiva su constitución, fijándose el procedimiento para velar por el adecuado
cve: BOE-A-2022-17042
Verificable en https://www.boe.es
17042
Núm. 251
Miércoles 19 de octubre de 2022
Sec. I. Pág. 141838
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Real Decreto 885/2022, de 18 de octubre, por el que se modifica el
Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto
304/2004, de 20 de febrero, para el impulso de los planes de pensiones de
empleo.
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por el Consejo de
Ministros del 27 de abril de 2021 y presentado ante la Comisión Europea en el marco de
la iniciativa Next Generation EU, para la recuperación de la economía, contempla entre
sus líneas de acción el que se ha denominado componente 30, «Sostenibilidad a largo
plazo del sistema público de pensiones en el marco del Pacto de Toledo», cuya
reforma 5 se refiere a la revisión y el impulso de los sistemas complementarios de
pensiones. Dicha reforma prevé la aprobación de un nuevo marco jurídico que impulse
los planes de pensiones de empleo y contemple la promoción pública de fondos de
pensiones permitiendo dar cobertura a colectivos de trabajadores sin planes de empleo
en sus empresas o a autónomos, así como aumentar la cobertura de los planes de
pensiones de empleo acordados mediante negociación colectiva, preferentemente
sectorial.
Según el calendario asumido en el citado Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, esta nueva regulación debería estar aprobada antes de la finalización del
primer semestre de 2022.
Dicho hito fue cumplido en plazo con la aprobación y publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de
los planes de pensiones de empleo, por la que se modifica el texto refundido de la Ley
de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, que recoge, como nuevas figuras dentro del
marco de la previsión social complementaria en España, los fondos de pensiones de
empleo de promoción pública abiertos y los planes de pensiones de empleo
simplificados, que se pueden adscribir a estos fondos y que cuentan con un sistema
menos complejo de promoción que el vigente hasta dicho momento, orientado a facilitar
la generalización de los mismos.
Precisamente, este real decreto establece el desarrollo reglamentario de la referida
Ley 12/2022, de 30 de junio, para su efectiva puesta en práctica. Se trata de un
desarrollo reglamentario de carácter parcial que tiene como objetivo primordial regular
los elementos imprescindibles que permitan su aplicación.
Asimismo, este real decreto hace efectiva la recomendación 16.ª del informe de
evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por el Pleno del Congreso de los
Diputados el día 19 de noviembre de 2020, en la que se busca dotar de estabilidad al
actual modelo de previsión social complementaria, en concreto, desde el impulso del
segundo pilar del modelo de pensiones, a través de planes de pensiones de empleo
simplificados que se pueden integrar en los fondos de pensiones de empleo de
promoción pública abiertos o en los fondos de pensiones de empleo de promoción
privada, para que se generalice entre los trabajadores por cuenta propia y ajena este
instrumento de ahorro privado.
Mediante esta norma, se procede a regular la organización y funcionamiento, como
órgano colegiado interministerial, de la Comisión Promotora y de Seguimiento de los
fondos de pensiones de empleo de promoción pública abiertos con objeto de poder
hacer efectiva su constitución, fijándose el procedimiento para velar por el adecuado
cve: BOE-A-2022-17042
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