V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2022-32084)
Extracto de la Resolución 18 de octubre de 2022 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., para el fomento de actuaciones dirigidas a la renaturalización y resiliencia de ciudades españolas correspondiente al año 2022 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251

Miércoles 19 de octubre de 2022

Sec. V-B. Pág. 49455

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

32084

Extracto de la Resolución 18 de octubre de 2022 de la Dirección de la
Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación
de la convocatoria de subvenciones de la Fundación Biodiversidad,
F.S.P., para el fomento de actuaciones dirigidas a la renaturalización y
resiliencia de ciudades españolas correspondiente al año 2022 en el
marco de l Plan de Re cupe ración, Transformación y Re silie ncia Financiado por la Unión Europe a - Ne xtGe ne rationEU.

BDNS(Identif.):653621
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
653621)
Primero.- Beneficiarios.
Podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades incluidas en el
artículo 2.1 de la convocatoria que cumplan asimismo los requisitos establecidos
en la orden de bases:
a.
Ayuntamientos de capitales de provincia y ayuntamientos de municipios
con una población de más de 50.000 habitantes conforme a las cifras resultantes
de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2021, excepto los
que hayan recibido una ayuda en la misma convocatoria del año 2021. La
información sobre el Padrón municipal se puede consultar en la página web del
Instituto Nacional de Estadística, www.ine.es.
b.

Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

Podrán asimismo obtener la condición de beneficiarias las entidades incluidas
en el artículo 2.2, siempre y cuando se integren en agrupaciones junto con al
menos un beneficiario del apartado 1, que deberá en todos los casos actuar como
representante de la agrupación:
a.
Ayuntamientos de municipios con una población de más de 20.000
habitantes conforme a las cifras resultantes de la revisión del Padrón municipal
referidas al 1 de enero de 2021.

c.
Organismos públicos de investigación sin ánimo de lucro de la
Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas.
d. Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas
en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
e.
Centros tecnológicos y los centros de apoyo a la innovación tecnológica
sin ánimo lucro de ámbito estatal que estén inscritos en el Registro de centros

cve: BOE-B-2022-32084
Verificable en https://www.boe.es

b. Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro. Cuando estas entidades
realicen actividades económicas y no económicas, las ayudas solo podrán ir
dirigidas a estas últimas.