V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2022-32075)
Anuncio de la Dirección General de Aviación Civil relativo a la apertura de expediente de Información Pública de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras del Expediente de Expropiación Forzosa: "Aeropuerto de La Palma. Expropiación de los terrenos necesarios para la ampliación de la franja de pista", en los términos municipales de Villa de Mazo y Breña Baja (Santa Cruz de Tenerife). Expediente 114-AENA/21.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 251

Miércoles 19 de octubre de 2022

Sec. V-B. Pág. 49440

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

32075

Anuncio de la Dirección General de Aviación Civil relativo a la apertura
de e xpe die nte de Información Pública de los bie ne s y de re chos
ne ce sarios para la e je cución de las obras de l Expe die nte de
Expropiación Forzosa: "Aeropuerto de La Palma. Expropiación de los
terrenos necesarios para la ampliación de la franja de pista", en los
términos municipales de Villa de Mazo y Breña Baja (Santa Cruz de
Tenerife). Expediente 114-AENA/21.

Aena S.M.E., S.A., beneficiaria de la expropiación, insta la incoación del
correspondiente expediente de expropiación forzosa para disponer de los terrenos
necesarios para la ejecución de las obras del Proyecto Básico "Aeropuerto de La
Palma. Expropiación de los terrenos necesarios para la ampliación de la franja de
pista.", en los términos municipales de Villa de Mazo y Breña Baja (Santa Cruz de
Tenerife).
El aeropuerto de La Palma, ubicado a unos ocho kilómetros al Norte de la
capital de la isla (Santa Cruz de la Palma) en terrenos pertenecientes a los
municipios de Breña Baja y de Villa de Mazo, es un aeropuerto civil internacional
de categoría OACI 4-C clasificado además como de tercera categoría por el
artículo 11.7 de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre de Medidas Fiscales
Administrativas y de Orden Social, y como aeródromo de letra de clave B por el
Real Decreto 1841/2009, de 27 de noviembre, por el que se actualizan las
servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de La Palma.
Los trabajos de certificación seguidos en el citado aeropuerto han detectado un
incumplimiento del Reglamento Europeo 139/2014 de la Comisión de 12 de febrero
de 2014 en lo referente al apartado CS ADR-DSN.B.160 respecto a los límites de
la franja de pista, lo que implica la necesidad de proporcionar una franja de pista
despejada de obstáculos de 140 metros de ancho a cada lado del eje de pista. Por
ello y para permitir que el aeródromo siga operando en condiciones de seguridad,
se hace necesario adquirir los terrenos necesarios para proporcionar la franja de
pista requerida a la mayor brevedad, lo que justifica optar por el procedimiento
regulado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Mediante Resolución de 1 de julio de 2019, la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea insta la ejecución de aquellas actuaciones definidas en el programa de
ampliación de la franja de pista.

La mayor parte de los terrenos están situados dentro de la propiedad del
aeropuerto, a excepción de parte de los terrenos ubicados en la denominada "Zona
Oeste 3" que es necesario expropiar.
De la totalidad de terrenos necesarios expropiar, se ha verificado que parte de
ellos se encuentran fuera de la delimitación del sistema general aeroportuario que
define el plan director vigente, por lo que será preciso en lo referente a estos
terrenos declarar la utilidad pública del presente proyecto.

cve: BOE-B-2022-32075
Verificable en https://www.boe.es

Los factores que afectan a la ampliación de la anchura de la franja hasta los
140 metros a cada lado del eje de pista son diversos y de diferente naturaleza, y su
tratamiento tiene un grado de complejidad diferente según la zona de la franja que
se trate y las condiciones que imponga el entorno del aeropuerto.