III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2022-17036)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con Comunicación de Valor Añadido, SL, para la organización, promoción de la campaña y celebración de una jornada sobre empresa saludable, flexible y sostenible, y la entrega de premios "Empresa SFS 2022".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250
Martes 18 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 141749
c) Tratar los datos personales de acuerdo con los criterios de seguridad y el
contenido previsto en el artículo 32 RGPD, así como observar y adoptar las medidas
técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la
confidencialidad, secreto, disponibilidad e integridad de los datos personales a los que
tenga acceso.
d) De conformidad con el artículo 33 RGPD, comunicar a la Dirección General de
Diversidad Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 48 horas, cualquier
violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga
conocimiento, junto a toda la información relevante para la documentación y
comunicación de la incidencia.
e) Salvo que reciba autorización expresa de la Dirección General de Diversidad
Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, CVA
se compromete a tratar los Datos Personales dentro del Espacio Económico Europeo, no
tratándolos fuera de este espacio, ni directamente ni a través de cualesquiera
subcontratistas autorizados.
f) Llevar un listado de las personas autorizadas para tratar los datos personales
derivados del convenio y garantizar que las mismas se comprometen, de forma expresa
y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir con las medidas de seguridad
correspondientes, de las que les debe informar convenientemente. Y mantener a
disposición de la Administración dicha documentación acreditativa.
g) Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que
tenga acceso para la ejecución del convenio, así como sobre los que resulten de su
tratamiento, cualquiera que sea el soporte sobre el que se hubieran obtenido.
h) Una vez finalizada la prestación objeto del presente convenio, se compromete a
devolver, bloquear o destruir (i) los datos personales a los que haya tenido acceso;
(ii) los datos personales generados por causa del tratamiento y (iii) los soportes y
documentos en que cualquiera de estos datos consten, sin conservar copia alguna; salvo
en el supuesto de que se permita o requiera su conservación por Ley o norma de
derecho comunitario o en el supuesto de que la Dirección General lo autorizara
expresamente. Asimismo, el encargado del tratamiento podrá conservar los datos
durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades de su relación con el
responsable del tratamiento, de la forma prevista en la legislación vigente.
i) Colaborar con la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales
del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en la asistencia en lo relativo a
disponer de evidencias que demuestren el cumplimiento de la normativa de protección
de datos personales y del deber de responsabilidad activa.
cve: BOE-A-2022-17036
Verificable en https://www.boe.es
En caso de que como consecuencia de la ejecución del objeto del convenio resultara
necesaria en algún momento la modificación de lo estipulado en este Anexo, relativo a la
protección de datos, CVA lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que
solicita. En caso de que la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales
del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 estuviese de acuerdo con lo
solicitado emitirá un certificado de conformidad actualizado, de modo que en el mismo
siempre se recoja fielmente el detalle del tratamiento y las instrucciones de la Dirección
General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales
y Agenda 2030.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 250
Martes 18 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 141749
c) Tratar los datos personales de acuerdo con los criterios de seguridad y el
contenido previsto en el artículo 32 RGPD, así como observar y adoptar las medidas
técnicas y organizativas de seguridad necesarias o convenientes para asegurar la
confidencialidad, secreto, disponibilidad e integridad de los datos personales a los que
tenga acceso.
d) De conformidad con el artículo 33 RGPD, comunicar a la Dirección General de
Diversidad Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y
Agenda 2030, de forma inmediata y a más tardar en el plazo de 48 horas, cualquier
violación de la seguridad de los datos personales a su cargo de la que tenga
conocimiento, junto a toda la información relevante para la documentación y
comunicación de la incidencia.
e) Salvo que reciba autorización expresa de la Dirección General de Diversidad
Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, CVA
se compromete a tratar los Datos Personales dentro del Espacio Económico Europeo, no
tratándolos fuera de este espacio, ni directamente ni a través de cualesquiera
subcontratistas autorizados.
f) Llevar un listado de las personas autorizadas para tratar los datos personales
derivados del convenio y garantizar que las mismas se comprometen, de forma expresa
y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir con las medidas de seguridad
correspondientes, de las que les debe informar convenientemente. Y mantener a
disposición de la Administración dicha documentación acreditativa.
g) Mantener la más absoluta confidencialidad sobre los datos personales a los que
tenga acceso para la ejecución del convenio, así como sobre los que resulten de su
tratamiento, cualquiera que sea el soporte sobre el que se hubieran obtenido.
h) Una vez finalizada la prestación objeto del presente convenio, se compromete a
devolver, bloquear o destruir (i) los datos personales a los que haya tenido acceso;
(ii) los datos personales generados por causa del tratamiento y (iii) los soportes y
documentos en que cualquiera de estos datos consten, sin conservar copia alguna; salvo
en el supuesto de que se permita o requiera su conservación por Ley o norma de
derecho comunitario o en el supuesto de que la Dirección General lo autorizara
expresamente. Asimismo, el encargado del tratamiento podrá conservar los datos
durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades de su relación con el
responsable del tratamiento, de la forma prevista en la legislación vigente.
i) Colaborar con la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales
del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en la asistencia en lo relativo a
disponer de evidencias que demuestren el cumplimiento de la normativa de protección
de datos personales y del deber de responsabilidad activa.
cve: BOE-A-2022-17036
Verificable en https://www.boe.es
En caso de que como consecuencia de la ejecución del objeto del convenio resultara
necesaria en algún momento la modificación de lo estipulado en este Anexo, relativo a la
protección de datos, CVA lo requerirá razonadamente y señalará los cambios que
solicita. En caso de que la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales
del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 estuviese de acuerdo con lo
solicitado emitirá un certificado de conformidad actualizado, de modo que en el mismo
siempre se recoja fielmente el detalle del tratamiento y las instrucciones de la Dirección
General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales del Ministerio de Derechos Sociales
y Agenda 2030.
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