III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2022-17030)
Orden TMA/978/2022, de 6 de septiembre, por la que se desafecta del dominio público portuario diversas superficies de la zona de servicio de la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao, situadas en Ferrol, A Coruña, en el área de A Malata y A Cabana.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250

Martes 18 de octubre de 2022

Ptos.

Coordenada X

Coordenada Y

445

559.834,146

4.815.119,475

446

559.861,436

4.815.119,425

447

559.864,636

4.815.113,845

448

559.929,097

4.815.116,377

Sec. III. Pág. 141710

Por lo que respecta al área de A Malata, sobre esta zona se distinguen tres tipos de
superficies; i) las que la Dirección General de la Costa y el Mar ha indicado que no
conservan las características de bienes de dominio público marítimo-terrestre, y por tanto
pueden ser desafectadas; ii) las que la citada dirección general ha indicado que deben
ser saneados y retornados a su estado natural primitivo, con carácter previo a su
desafectación del dominio público portuario; y iii) los terrenos ubicados aguas arriba de
los puntos 218 y 219 (esto es, en su tramo no mareal), que habrán de incorporarse al
dominio público hidráulico del río Sardiña.
En aras a no retrasar la tramitación del expediente, y dada la dificultad jurídica y de
consumo de tiempo que se ha observado podría acarrear la desafectación en el
momento actual de los terrenos antes descritos como puntos ii) y iii), de cara a dar
cumplimiento a los requerimientos derivados del informe de la DGCM, se plantea
posponer la desafectación de los mismos para futuras etapas y proceder en este
momento procesal únicamente a la desafectación de los terrenos descritos como i), los
cuales no presentan problema desde un punto de vista procedimental.
En consecuencia, se propone la desafección en el presente expediente de los
terrenos no controvertidos en el aludido informe de Costas: viales, zonas deportivas,
zonas verdes y otros terrenos no afectados por el río, que habrán de incorporarse al
patrimonio de la autoridad portuaria:
A Malata este: se define por los puntos: 116-140, H14-H1, 185-290, 293-321.
A Malata oeste: se define por los puntos: 322-388.
Las coordenadas UTM (ETRS89) que delimitan los terrenos a desafectar en esta
primera fase y en el presente expediente son las definidas por el levantamiento
topográfico mediante dron de la ribera y terrenos colindantes de la desembocadura del
río Sardiña, realizado por la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao con fecha 26 de
agosto de 2020, generándose un modelo digital del terreno.

Ptos.

Coordenada X

Coordenada Y

116

561.142,296

4.815.361,708

117

561.202,191

4.815.388,536

118

561.214,011

4.815.395,147

119

561.232,351

4.815.391,207

120

561.299,392

4.815.408,209

121

561.346,713

4.815.401,740

122

561.360,953

4.815.414,581

123

561.386,873

4.815.417,532

124

561.436,194

4.815.422,623

125

561.470,385

4.815.447,814

cve: BOE-A-2022-17030
Verificable en https://www.boe.es

Coordenadas A Malata este en UTM ETRS89