III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2022-16953)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Servicio de Salud de las Illes Balears, para la implantación y desarrollo del programa de estudio de la muerte súbita cardiaca.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 17 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140906
Decreto 386/1996, de 1 de marzo. Su organización y supervisión corresponde a la
Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
La Orden JUS/1898/2003, de 26 de junio, crea el Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses de las Illes Balears (en adelante IMLCFB), atribuyéndole las
siguientes funciones:
a) La práctica de pruebas periciales médicas, tanto tanatológicas, como clínicas y
de laboratorio.
b) La realización de actividades de docencia e investigación relacionadas con la
medicina forense.
Además, establece como órganos de funcionamiento del mismo la Dirección, dos
Subdirecciones, una en Menorca y otra en Ibiza, y tres Servicios: Patología Forense,
Clínica Médico Forense y Laboratorio Forense.
III. El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, (en adelante INTCF) es
un órgano técnico adscrito al Ministerio de Justicia y entre cuyas funciones se establece
la colaboración con las instituciones sanitarias en todas aquellas materias que
contribuyan al desarrollo de la toxicología y las ciencias forenses, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 2h) de su reglamento aprobado por Real Decreto 862/1998, de 8
de mayo. Su organización y supervisión depende de la Dirección General para el
Servicio Público de Justicia. El ámbito de actuación del INTCF, con sede en Madrid, se
extiende a todo el territorio nacional. Está integrado por tres Departamentos que radican
respectivamente en Madrid, Barcelona y Sevilla y una Delegación del Departamento de
Sevilla en Santa Cruz de Tenerife. Corresponde al Departamento de Barcelona ejercer
las funciones que le son propias en el territorio al que se extiende la jurisdicción de los
Tribunales Superiores de Justicia de Aragón, Islas Baleares, Cataluña, Navarra y
Comunidad Valenciana.
IV. El IB-Salud es un ente público autónomo al que se confía la gestión de los
servicios públicos sanitarios de carácter asistencial de las Islas Baleares. Se rige por la
Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears, por sus estatutos aprobados por
el Decreto 39/2006, de 21 de abril (BOIB del 29) y demás normas que le sean de
aplicación. Está adscrito a la Consejería de Salud y entre sus objetivos fundamentales se
encuentra el de fomentar la formación, la docencia y la investigación en el ámbito de la
salud.
Dentro de la red pública hospitalaria de las Illes Balears se encuentran el Hospital
Universitario Son Llàtzer y el Hospital Universitario Son Espases, adscritos al IB-Salut.
V. El estudio de los casos de muerte súbita, debido a lo inesperadas que son, o por
las circunstancias que pueden ocurrir simulando una muerte violenta, accidental o una
intoxicación, caen dentro del ámbito de acción de la medicina forense, constituyendo un
porcentaje importante de la actividad tanatológica de los Institutos de Medicina Legal y
Ciencias Forenses.
VI. En la Unidad de Cardiopatías Familiares del Hospital Universitario Son Llátzer
(unidad pionera en Baleares para estas patologías), en colaboración con la Unidad de
Diagnóstico Molecular y Genética Clínica del Hospital Universitario Son Espases, se ha
llevado a cabo el estudio de numerosas familias con cardiopatías desde 2007 y un
porcentaje importante tienen algún antecedente de muerte súbita en su familia; lo
habitual en estos casos es que no supieran la causa de la muerte al no realizarse
autopsia o porque sólo se realizó la autopsia judicial, la cual no determinó la causa de la
muerte súbita. La causa principal de una muerte súbita en una persona joven es una
cardiopatía hereditaria por lo que puede haber más familiares vivos en riesgo, por ello,
junto con la autopsia judicial del fallecido, es siempre conveniente realizar un estudio
histopatológico completo y en muchas ocasiones también un estudio genético (guiado
por los hallazgos de la histopatología), para llegar al diagnóstico final causante de la
muerte. Esto tiene una trascendencia crucial para sus familiares, para intentar prevenir
más muertes en esa familia. Los familiares del fallecido son posteriormente estudiados
en la Unidad de Cardiopatías Familiares del Hospital Universitario Son Llàtzer.
cve: BOE-A-2022-16953
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 249
Lunes 17 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 140906
Decreto 386/1996, de 1 de marzo. Su organización y supervisión corresponde a la
Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
La Orden JUS/1898/2003, de 26 de junio, crea el Instituto de Medicina Legal y
Ciencias Forenses de las Illes Balears (en adelante IMLCFB), atribuyéndole las
siguientes funciones:
a) La práctica de pruebas periciales médicas, tanto tanatológicas, como clínicas y
de laboratorio.
b) La realización de actividades de docencia e investigación relacionadas con la
medicina forense.
Además, establece como órganos de funcionamiento del mismo la Dirección, dos
Subdirecciones, una en Menorca y otra en Ibiza, y tres Servicios: Patología Forense,
Clínica Médico Forense y Laboratorio Forense.
III. El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, (en adelante INTCF) es
un órgano técnico adscrito al Ministerio de Justicia y entre cuyas funciones se establece
la colaboración con las instituciones sanitarias en todas aquellas materias que
contribuyan al desarrollo de la toxicología y las ciencias forenses, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 2h) de su reglamento aprobado por Real Decreto 862/1998, de 8
de mayo. Su organización y supervisión depende de la Dirección General para el
Servicio Público de Justicia. El ámbito de actuación del INTCF, con sede en Madrid, se
extiende a todo el territorio nacional. Está integrado por tres Departamentos que radican
respectivamente en Madrid, Barcelona y Sevilla y una Delegación del Departamento de
Sevilla en Santa Cruz de Tenerife. Corresponde al Departamento de Barcelona ejercer
las funciones que le son propias en el territorio al que se extiende la jurisdicción de los
Tribunales Superiores de Justicia de Aragón, Islas Baleares, Cataluña, Navarra y
Comunidad Valenciana.
IV. El IB-Salud es un ente público autónomo al que se confía la gestión de los
servicios públicos sanitarios de carácter asistencial de las Islas Baleares. Se rige por la
Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears, por sus estatutos aprobados por
el Decreto 39/2006, de 21 de abril (BOIB del 29) y demás normas que le sean de
aplicación. Está adscrito a la Consejería de Salud y entre sus objetivos fundamentales se
encuentra el de fomentar la formación, la docencia y la investigación en el ámbito de la
salud.
Dentro de la red pública hospitalaria de las Illes Balears se encuentran el Hospital
Universitario Son Llàtzer y el Hospital Universitario Son Espases, adscritos al IB-Salut.
V. El estudio de los casos de muerte súbita, debido a lo inesperadas que son, o por
las circunstancias que pueden ocurrir simulando una muerte violenta, accidental o una
intoxicación, caen dentro del ámbito de acción de la medicina forense, constituyendo un
porcentaje importante de la actividad tanatológica de los Institutos de Medicina Legal y
Ciencias Forenses.
VI. En la Unidad de Cardiopatías Familiares del Hospital Universitario Son Llátzer
(unidad pionera en Baleares para estas patologías), en colaboración con la Unidad de
Diagnóstico Molecular y Genética Clínica del Hospital Universitario Son Espases, se ha
llevado a cabo el estudio de numerosas familias con cardiopatías desde 2007 y un
porcentaje importante tienen algún antecedente de muerte súbita en su familia; lo
habitual en estos casos es que no supieran la causa de la muerte al no realizarse
autopsia o porque sólo se realizó la autopsia judicial, la cual no determinó la causa de la
muerte súbita. La causa principal de una muerte súbita en una persona joven es una
cardiopatía hereditaria por lo que puede haber más familiares vivos en riesgo, por ello,
junto con la autopsia judicial del fallecido, es siempre conveniente realizar un estudio
histopatológico completo y en muchas ocasiones también un estudio genético (guiado
por los hallazgos de la histopatología), para llegar al diagnóstico final causante de la
muerte. Esto tiene una trascendencia crucial para sus familiares, para intentar prevenir
más muertes en esa familia. Los familiares del fallecido son posteriormente estudiados
en la Unidad de Cardiopatías Familiares del Hospital Universitario Son Llàtzer.
cve: BOE-A-2022-16953
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 249