II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-16726)
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por concurso-oposición, en la Escala de Gestión Universitaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 13 de octubre de 2022
5.

Sec. II.B. Pág. 139534

Tribunal

5.1 Mediante Resolución del Rector se designará a las personas componentes del
Tribunal responsable del proceso selectivo, publicándose la composición al mismo
tiempo que se expongan las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la UNIA, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo de 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
La persona titular de la Presidencia del Tribunal podrá solicitar a los miembros
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o
recusación, así como de no haber realizado tareas de preparación de aspirantes en los
cinco años anteriores; asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros
del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.
En su caso, con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, se publicará en
lugar referido en la base 1.5, la Resolución del Rector por la que se nombran a los
nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su
condición por alguna de las causas previstas en esta base o por otras causas.
5.3 Previa convocatoria de la persona titular de la Presidencia, se constituirá el
Tribunal, con la asistencia obligada del Presidente/a y del Secretario/a y la mitad, al
menos, de sus miembros titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará las
decisiones pertinentes, en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.4 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la
presencia del Presidente/a y del Secretario/a y, al menos, la mitad de sus miembros,
sean titulares o suplentes.
5.5 El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta
norma, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén
previstas en la presente convocatoria. El procedimiento de actuación del Tribunal se
ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores
especialistas para las pruebas en que resulten necesarios, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá nombrar
ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia. La designación de tales
asesores deberá comunicarse al Rector de la UNIA, que dictará la correspondiente
Resolución.
5.7 El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas que permitan a las
personas aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder
participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto
de las participantes.
Si en cualquier momento del proceso selectivo se le suscitaran dudas al Tribunal
respecto a la capacidad de un/a aspirante para el desempeño de las actividades
habitualmente desarrolladas por el personal funcionario de la escala a que se refieren
estas pruebas, podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes
de la comunidad autónoma correspondiente, en cuyo caso, podrá participar
condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva
sobre la admisión o exclusión de las pruebas hasta la recepción del dictamen.
5.8 La Presidencia del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que
los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de las
personas aspirantes. El Tribunal excluirá a todas aquellas en cuyo ejercicio figuren marcas o
signos que permitan conocer la identidad de la persona opositora.
5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la UNIA, calle Américo Vespucio, 2. Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla.
Teléfono 954 46 22 99 y/o al correo electrónico recursos.humanos@unia.es.

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Núm. 246