III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Convenios. (BOE-A-2022-16731)
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad Francisco de Vitoria, para el desarrollo de prácticas formativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Jueves 13 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 139581
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
16731
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Abogacía General del EstadoDirección del Servicio Jurídico del Estado, por la que se publica el Convenio
con la Universidad Francisco de Vitoria, para el desarrollo de prácticas
formativas.
Con fecha 14 de julio de 2022 se ha suscrito el Convenio entre la Abogacía General
del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Universidad Francisco de
Vitoria para el desarrollo de prácticas formativas de sus estudiantes.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 5 de octubre de 2022.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio
Jurídico del Estado, Consuelo Castro Rey.
ANEXO
Convenio entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del
Estado y la Universidad Francisco de Vitoria para el desarrollo de prácticas
formativas de sus estudiantes
REUNIDOS
De una parte, la Sra. doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada
General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, cargo para el que fue
nombrada por Real Decreto 716/2018, de 29 de junio, BOE n.° 158, quien actúa en virtud
de la delegación conferida a su favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7 d) de la
Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
Y de otra parte, don José Antonio Verdejo Delgado, en calidad de Secretario General
de la Universidad Francisco de Vitoria y como tal en representación de la Fundación
Universidad Francisco de Vitoria, con NIF número G-80480197 y domicilio en la carretera
M-515 de Pozuelo a Majadahonda, km 1,800, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), según
escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Madrid don Gerardo Muñoz de
Dios el 24 de febrero de 2004 con número de protocolo 881 y escritura de nombramiento
como Secretario General de la Universidad Francisco de Vitoria, otorgada ante el Notario
de Madrid doña Alicia Velarde Valiente el 18 de noviembre de 2019, con número de
protocolo 484
EXPONEN
Primero.
Que la Abogacía del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, adscrita al
Ministerio de Justicia con nivel orgánico de subsecretaría, es el órgano directivo de los
servicios de asistencia jurídica al Estado y otras instituciones públicas, con las
competencias y funciones contempladas en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y en el Reglamento del Servicio
cve: BOE-A-2022-16731
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
Núm. 246
Jueves 13 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 139581
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
16731
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Abogacía General del EstadoDirección del Servicio Jurídico del Estado, por la que se publica el Convenio
con la Universidad Francisco de Vitoria, para el desarrollo de prácticas
formativas.
Con fecha 14 de julio de 2022 se ha suscrito el Convenio entre la Abogacía General
del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y la Universidad Francisco de
Vitoria para el desarrollo de prácticas formativas de sus estudiantes.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 5 de octubre de 2022.–La Abogada General del Estado-Directora del Servicio
Jurídico del Estado, Consuelo Castro Rey.
ANEXO
Convenio entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del
Estado y la Universidad Francisco de Vitoria para el desarrollo de prácticas
formativas de sus estudiantes
REUNIDOS
De una parte, la Sra. doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada
General del Estado-Directora del Servicio Jurídico del Estado, cargo para el que fue
nombrada por Real Decreto 716/2018, de 29 de junio, BOE n.° 158, quien actúa en virtud
de la delegación conferida a su favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7 d) de la
Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre delegación de competencias.
Y de otra parte, don José Antonio Verdejo Delgado, en calidad de Secretario General
de la Universidad Francisco de Vitoria y como tal en representación de la Fundación
Universidad Francisco de Vitoria, con NIF número G-80480197 y domicilio en la carretera
M-515 de Pozuelo a Majadahonda, km 1,800, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid), según
escritura de apoderamiento otorgada ante el Notario de Madrid don Gerardo Muñoz de
Dios el 24 de febrero de 2004 con número de protocolo 881 y escritura de nombramiento
como Secretario General de la Universidad Francisco de Vitoria, otorgada ante el Notario
de Madrid doña Alicia Velarde Valiente el 18 de noviembre de 2019, con número de
protocolo 484
EXPONEN
Primero.
Que la Abogacía del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, adscrita al
Ministerio de Justicia con nivel orgánico de subsecretaría, es el órgano directivo de los
servicios de asistencia jurídica al Estado y otras instituciones públicas, con las
competencias y funciones contempladas en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y en el Reglamento del Servicio
cve: BOE-A-2022-16731
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,