III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-16729)
Resolución de 3 de octubre de 2022, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con el Centro de Enseñanza Universitaria SEK, SA, Sociedad Unipersonal, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 246
Jueves 13 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 139567
SEK SA, sociedad unipersonal constituida por tiempo indefinido, mediante escritura
otorgada ante el Notario de Madrid, don Valerio Pérez de Madrid y Palá, el día 11 de
enero de 1990, con el 138 de su protocolo y debidamente inscrita en el Registro
Mercantil de Madrid, en el tomo 51, folio 176, hoja número 1.007, inscripción 1.ª; y tiene
como finalidad la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, la técnica y la
cultura, en todas sus manifestaciones, y que estos fines, dado su carácter educativo, son
concurrentes o complementarios con los del Instituto Cervantes.
Por su parte, la Universidad goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de
la Constitución y la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. El
artículo 2.2.j) de esta última norma establece que dicha autonomía comprende, entre
otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y
desarrollo de sus fines institucionales».
III. Que el Instituto Cervantes y el Centro de Enseñanza Universitaria SEK, SA
(Sociedad Unipersonal) suscribieron el 25 de julio de 2018 un convenio de cooperación
educativa que ha finalizado el 17 de septiembre de 2022 y es voluntad de las partes
suscribir el presente convenio con el fin de mantener la cooperación en el desarrollo de
un programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes de la
Universidad puedan realizar prácticas curriculares y extracurriculares, no remuneradas
en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior, que les
permitan a los mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su
formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen
para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su
capacidad de emprendimiento.
IV. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del entonces
Ministerio de Hacienda en fecha 26 de noviembre de 2019, y cuyas actualizaciones han
sido validadas por dicha Secretaría General Técnica el 16 de marzo de 2021 y 21 de
mayo de 2021.
VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y la Universidad para la realización de prácticas académicas externas,
curriculares y extracurriculares, no remuneradas de estudiantes matriculados o que se
encuentren cursando estudios en la Universidad, en las sedes del Instituto Cervantes en
Madrid o en sus centros en el exterior.
Segunda.
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
cve: BOE-A-2022-16729
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 246
Jueves 13 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 139567
SEK SA, sociedad unipersonal constituida por tiempo indefinido, mediante escritura
otorgada ante el Notario de Madrid, don Valerio Pérez de Madrid y Palá, el día 11 de
enero de 1990, con el 138 de su protocolo y debidamente inscrita en el Registro
Mercantil de Madrid, en el tomo 51, folio 176, hoja número 1.007, inscripción 1.ª; y tiene
como finalidad la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, la técnica y la
cultura, en todas sus manifestaciones, y que estos fines, dado su carácter educativo, son
concurrentes o complementarios con los del Instituto Cervantes.
Por su parte, la Universidad goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de
la Constitución y la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. El
artículo 2.2.j) de esta última norma establece que dicha autonomía comprende, entre
otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y
desarrollo de sus fines institucionales».
III. Que el Instituto Cervantes y el Centro de Enseñanza Universitaria SEK, SA
(Sociedad Unipersonal) suscribieron el 25 de julio de 2018 un convenio de cooperación
educativa que ha finalizado el 17 de septiembre de 2022 y es voluntad de las partes
suscribir el presente convenio con el fin de mantener la cooperación en el desarrollo de
un programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes de la
Universidad puedan realizar prácticas curriculares y extracurriculares, no remuneradas
en las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior, que les
permitan a los mismos aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su
formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que les preparen
para el ejercicio de actividades profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su
capacidad de emprendimiento.
IV. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del entonces
Ministerio de Hacienda en fecha 26 de noviembre de 2019, y cuyas actualizaciones han
sido validadas por dicha Secretaría General Técnica el 16 de marzo de 2021 y 21 de
mayo de 2021.
VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y la Universidad para la realización de prácticas académicas externas,
curriculares y extracurriculares, no remuneradas de estudiantes matriculados o que se
encuentren cursando estudios en la Universidad, en las sedes del Instituto Cervantes en
Madrid o en sus centros en el exterior.
Segunda.
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.
En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
cve: BOE-A-2022-16729
Verificable en https://www.boe.es
Primera.