II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas. (BOE-A-2022-16525)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244
Martes 11 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 138802
8.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
8.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
8.4 De acuerdo con el artículo 3.14 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, se publicará en la
página web del Departamento un breve currículum profesional de las personas que
forman parte del tribunal calificador de este proceso selectivo.
8.5 Se habilita al tribunal calificador para que adopte las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios.
8.6 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias
relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal que tendrá su sede en el
Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, Paseo de la Infanta Isabel, 1, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico bzn-selec.itas@mapa.es
9.
Desarrollo del proceso selectivo
9.1 El orden de actuación se iniciará alfabéticamente por el primer apellido de la
letra U, según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022 de la Secretaría de
Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 13).
9.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:
www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la
página web www.administracion.gob.es.
9.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@mapa.es.
10.
Destinos
Con el fin de canalizar los principios contenidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo
Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que quienes superen dichas pruebas
soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
El nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera de quienes superen
este proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a Centros Directivos
y Organismos Autónomos de este Departamento.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo,
su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las
fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se
menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso
la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de las
personas que han superado el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2022-16525
Verificable en https://www.boe.es
11.
Núm. 244
Martes 11 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 138802
8.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por
el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto
las decisiones motivadas que estime pertinentes.
8.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre.
8.4 De acuerdo con el artículo 3.14 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por
el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, se publicará en la
página web del Departamento un breve currículum profesional de las personas que
forman parte del tribunal calificador de este proceso selectivo.
8.5 Se habilita al tribunal calificador para que adopte las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios.
8.6 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias
relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal que tendrá su sede en el
Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, Paseo de la Infanta Isabel, 1, 28071
Madrid, dirección de correo electrónico bzn-selec.itas@mapa.es
9.
Desarrollo del proceso selectivo
9.1 El orden de actuación se iniciará alfabéticamente por el primer apellido de la
letra U, según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022 de la Secretaría de
Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 13).
9.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:
www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la
página web www.administracion.gob.es.
9.3 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá
dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@mapa.es.
10.
Destinos
Con el fin de canalizar los principios contenidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo
Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que quienes superen dichas pruebas
soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
El nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera de quienes superen
este proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a Centros Directivos
y Organismos Autónomos de este Departamento.
Embarazo de riesgo o parto
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las
aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo,
su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las
fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se
menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso
la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de las
personas que han superado el proceso selectivo.
cve: BOE-A-2022-16525
Verificable en https://www.boe.es
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