II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios del Subgrupo C1. (BOE-A-2022-16521)
Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para proveer puesto de trabajo en la Escuela Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244
Martes 11 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 138768
puesto en concreto. De todo ello se dará cuenta a la Presidencia del Foro Justicia y
Discapacidad.
8.5 En cualquier momento del proceso podrá recabarse formalmente de los
interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se
estimen necesarias para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así
como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o
valoración.
Cuarta.
Comisión de valoración y desarrollo del concurso.
1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la documentación recibida se
trasladará a la comisión de valoración que calificará los méritos de los aspirantes.
2. La comisión de valoración estará compuesta por:
Presidente: José María Márquez Jurado, gerente del Consejo.
Vocales:
– Carolina Fons Rodríguez, jefa de área de Relaciones Externas e Institucionales de
la Escuela Judicial.
– Patricia Moragues Escrivá, jefa de unidad de Relaciones Externas e Institucionales
de la Escuela Judicial.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al de los puestos convocado, que será designado por el secretario
general a propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el
apartado «Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
Secretaria: Montserrat Romeu Puig, jefa de unidad de la Gerencia.
Actuarán en su caso como suplentes:
Presidenta: Clara Carulla Terricabras, jefa de sección del servicio de Formación Inicial.
Vocales:
– Rosa María Méndez Tomás, profesora del área de Derecho Penal y Procesal Penal.
– Elisabeth Francés Canals: jefa de unidad de Formación Inicial.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al del puesto convocado, que será designado por el secretario general a
propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el apartado
«Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
3. La abstención y recusación de los miembros de la comisión de valoración se
regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de
régimen jurídico del sector público.
4. La comisión valorará en primer lugar los méritos generales de los aspirantes y
sólo evaluará los méritos específicos de los que superen la puntuación mínima exigida
en la primera fase. La puntuación de los méritos específicos tendrá carácter provisional.
5. Los aspirantes que superen la segunda fase y hayan obtenido mayor puntuación en
la suma de las dos fases serán convocados a una entrevista con objeto de comprobar y
contrastar la correcta valoración de los méritos específicos alegados y si la comisión de
valoración lo estima oportuno, realizará una prueba de verificación de la experiencia en el
manejo de las aplicaciones ofimáticas contempladas en los méritos específicos del puesto.
6. A la entrevista y a la prueba se convocará, al menos a cinco aspirantes, salvo
que el número de aspirantes que han superado la puntuación mínima de la segunda fase
fuera inferior, en cuyo caso se convocará a todos ellos.
7. La convocatoria para la realización de las entrevistas y prueba se notificará a la
dirección de correo electrónico que los concursantes indiquen en su solicitud de
cve: BOE-A-2022-16521
Verificable en https://www.boe.es
Secretario: Xavier López Sanz, administrativo de la Gerencia.
Núm. 244
Martes 11 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 138768
puesto en concreto. De todo ello se dará cuenta a la Presidencia del Foro Justicia y
Discapacidad.
8.5 En cualquier momento del proceso podrá recabarse formalmente de los
interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se
estimen necesarias para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así
como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o
valoración.
Cuarta.
Comisión de valoración y desarrollo del concurso.
1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la documentación recibida se
trasladará a la comisión de valoración que calificará los méritos de los aspirantes.
2. La comisión de valoración estará compuesta por:
Presidente: José María Márquez Jurado, gerente del Consejo.
Vocales:
– Carolina Fons Rodríguez, jefa de área de Relaciones Externas e Institucionales de
la Escuela Judicial.
– Patricia Moragues Escrivá, jefa de unidad de Relaciones Externas e Institucionales
de la Escuela Judicial.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al de los puestos convocado, que será designado por el secretario
general a propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el
apartado «Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
Secretaria: Montserrat Romeu Puig, jefa de unidad de la Gerencia.
Actuarán en su caso como suplentes:
Presidenta: Clara Carulla Terricabras, jefa de sección del servicio de Formación Inicial.
Vocales:
– Rosa María Méndez Tomás, profesora del área de Derecho Penal y Procesal Penal.
– Elisabeth Francés Canals: jefa de unidad de Formación Inicial.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al del puesto convocado, que será designado por el secretario general a
propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el apartado
«Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
3. La abstención y recusación de los miembros de la comisión de valoración se
regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de
régimen jurídico del sector público.
4. La comisión valorará en primer lugar los méritos generales de los aspirantes y
sólo evaluará los méritos específicos de los que superen la puntuación mínima exigida
en la primera fase. La puntuación de los méritos específicos tendrá carácter provisional.
5. Los aspirantes que superen la segunda fase y hayan obtenido mayor puntuación en
la suma de las dos fases serán convocados a una entrevista con objeto de comprobar y
contrastar la correcta valoración de los méritos específicos alegados y si la comisión de
valoración lo estima oportuno, realizará una prueba de verificación de la experiencia en el
manejo de las aplicaciones ofimáticas contempladas en los méritos específicos del puesto.
6. A la entrevista y a la prueba se convocará, al menos a cinco aspirantes, salvo
que el número de aspirantes que han superado la puntuación mínima de la segunda fase
fuera inferior, en cuyo caso se convocará a todos ellos.
7. La convocatoria para la realización de las entrevistas y prueba se notificará a la
dirección de correo electrónico que los concursantes indiquen en su solicitud de
cve: BOE-A-2022-16521
Verificable en https://www.boe.es
Secretario: Xavier López Sanz, administrativo de la Gerencia.