V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. (BOE-B-2022-31031)
Resolución de la Delegación de Economía y Hacienda de Castelló/Castellón, por la que se convoca subasta pública con proposición económica en sobre cerrado para la enajenación de una serie de bienes inmuebles propiedad de la Administración General del Estado y se aprueba el correspondiente pliego de condiciones particulares de la misma.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Lunes 10 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 47845
La presente enajenación se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, en el
Boletín Oficial de la Provincia, en los tablones de anuncio de la Delegación de
Economía y Hacienda en Castellón y en el tablón de anuncios de los
Ayuntamientos donde radique cada uno de los inmuebles y en la página web del
Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es). En todos ellos,
así como en la Sección de Patrimonio del Estado de la Delegación de Economía y
Hacienda en Castellón, se podrá acceder a toda la información y consulta relativa a
esta subasta.
CUARTA. Participación en la subasta.
La participación en la subasta se realizará únicamente mediante la
presentación de ofertas en sobre cerrado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 del RLPAP, podrán tomar
parte en la subasta todas aquellas personas que tengan capacidad de contratar,
de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, en particular para el
contrato de compraventa, siempre que no se esté incurso en alguna de las
prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público. En este mismo sentido el artículo 95.2
del RLPAP establece que no podrán adquirir las personas que hayan solicitado o
estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes en cualquier
procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas
conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, tal, así como las que
incurriesen en los supuestos previstos en la normativa sobre incompatibilidades.
De conformidad con el artículo 137.6 de la LPAP, los participantes deberán
constituir una garantía por cada uno de los lotes por lo que vaya a licitar, cuyo
importe viene establecido en la cláusula PRIMERA, y en los términos dispuestos
en la cláusula SEGUNDA.
La decisión sobre si se han cumplido los requisitos para concurrir, así como
cualquier otra decisión relativa a la subasta será competencia exclusiva de la mesa
constituida conforme a lo dispuesto en la cláusula SEXTA, a cuyas decisiones y
criterios se somete expresa e irrevocablemente cualquier interesado por el simple
hecho de acreditarse para licitar. La participación en la subasta supone el
conocimiento y la aceptación de las condiciones del presente pliego, que se hará
personalmente o a través de representante.
En el supuesto de que se esté actuando en nombre de otra persona se deberá
manifestar a la mesa, acreditando la representación en cualquiera de las formas
admitidas conforme a la legislación vigente.
QUINTA. Presentación de las ofertas.
a) Forma.
La documentación se presentará acompañada de una hoja con el nombre,
apellidos o razón social del ofertante, según modelo del Anexo III. Dicha hoja, que
será registrada en el Registro de Entrada de la Delegación de Economía y
cve: BOE-B-2022-31031
Verificable en https://www.boe.es
Si el adjudicatario provisional no reuniese las condiciones expuestas en la
presente cláusula perderá el depósito efectuado y no tendrá derecho a la
adjudicación definitiva del inmueble.
Núm. 243
Lunes 10 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 47845
La presente enajenación se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, en el
Boletín Oficial de la Provincia, en los tablones de anuncio de la Delegación de
Economía y Hacienda en Castellón y en el tablón de anuncios de los
Ayuntamientos donde radique cada uno de los inmuebles y en la página web del
Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es). En todos ellos,
así como en la Sección de Patrimonio del Estado de la Delegación de Economía y
Hacienda en Castellón, se podrá acceder a toda la información y consulta relativa a
esta subasta.
CUARTA. Participación en la subasta.
La participación en la subasta se realizará únicamente mediante la
presentación de ofertas en sobre cerrado.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 del RLPAP, podrán tomar
parte en la subasta todas aquellas personas que tengan capacidad de contratar,
de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil, en particular para el
contrato de compraventa, siempre que no se esté incurso en alguna de las
prohibiciones de contratar establecidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público. En este mismo sentido el artículo 95.2
del RLPAP establece que no podrán adquirir las personas que hayan solicitado o
estén declaradas en concurso, hayan sido declaradas insolventes en cualquier
procedimiento, estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas
conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, tal, así como las que
incurriesen en los supuestos previstos en la normativa sobre incompatibilidades.
De conformidad con el artículo 137.6 de la LPAP, los participantes deberán
constituir una garantía por cada uno de los lotes por lo que vaya a licitar, cuyo
importe viene establecido en la cláusula PRIMERA, y en los términos dispuestos
en la cláusula SEGUNDA.
La decisión sobre si se han cumplido los requisitos para concurrir, así como
cualquier otra decisión relativa a la subasta será competencia exclusiva de la mesa
constituida conforme a lo dispuesto en la cláusula SEXTA, a cuyas decisiones y
criterios se somete expresa e irrevocablemente cualquier interesado por el simple
hecho de acreditarse para licitar. La participación en la subasta supone el
conocimiento y la aceptación de las condiciones del presente pliego, que se hará
personalmente o a través de representante.
En el supuesto de que se esté actuando en nombre de otra persona se deberá
manifestar a la mesa, acreditando la representación en cualquiera de las formas
admitidas conforme a la legislación vigente.
QUINTA. Presentación de las ofertas.
a) Forma.
La documentación se presentará acompañada de una hoja con el nombre,
apellidos o razón social del ofertante, según modelo del Anexo III. Dicha hoja, que
será registrada en el Registro de Entrada de la Delegación de Economía y
cve: BOE-B-2022-31031
Verificable en https://www.boe.es
Si el adjudicatario provisional no reuniese las condiciones expuestas en la
presente cláusula perderá el depósito efectuado y no tendrá derecho a la
adjudicación definitiva del inmueble.