III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-16496)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Confederación Española de Empresas de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Electrónica, para la organización de la misión inversa de prescriptores de opinión del sector de las tecnologías extensivas y de gamificación a celebrar en Madrid y Bilbao.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Lunes 10 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 138648
Tercera. Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para la Misión Inversa objeto de este Convenio es
de hasta doce mil seiscientos euros (12.600 €), de los cuales:
– ICEX financiará el 100% de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del Convenio, que hayan sido generados por la Misión Inversa ejecutada.
– Por su parte, el Colaborador Sectorial contribuiría con unas actuaciones
cuantificables económicamente entre dos mil y tres mil euros (2.000 y 3.000 €), y
referidas a: (i) invitaciones Feria GameLabsNet (ii) espacios para el desarrollo de
reuniones con las empresas (iii) elaboración de contenidos digitales para la difusión en
medios y en otros canales de comunicación.
Cuarta.
4.1
Gastos elegibles y su justificación.
Gastos elegibles.
Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de la Misión Inversa llevada a cabo a
través del presente Convenio:
– Servicios profesionales para la organización de eventos, actividades, reuniones y
programas.
– Contratación de ponentes y traductores.
– Billetes de avión y de tren para el desplazamiento de los participantes extranjeros
de la Misión Inversa.
– Traslados internos (autobús, taxi o cualquier otro medio de transporte con o sin
conductor).
– Alojamiento de los participantes en la Misión Inversa durante su estancia en
España.
– Almuerzos o cenas de trabajo y catering de acciones de networking.
– Acciones de comunicación, realización de vídeos y/o reportajes fotográficos,
grabación, streaming, conexiones.
Se excluyen como gastos susceptibles de ser financiados los gastos de gestión
interna del Colaborador Sectorial y específicamente sueldos y salarios, alquiler de
oficinas, contratación de servicios inherentes al Colaborador Sectorial, así como todos
aquellos gastos considerados de gestión interna del Colaborador Sectorial. Quedan
también excluidos los gastos de kilometraje, parking, dietas y manutención en general.
Justificación de los gastos.
Para el adecuado seguimiento de los costes de la Misión Inversa, en el plazo máximo
de tres (3) meses desde su finalización, el Colaborador Sectorial presentará a la
Comisión de Seguimiento una memoria económica justificativa del destino de los fondos,
que incluirá la relación de facturas y pagos realizados, con indicación de la parte
financiada por ICEX.
El gasto se realizará en un primer momento por el Colaborador Sectorial con
respecto de las obligaciones que la misma asume conforme a lo dispuesto en la cláusula
segunda. ICEX llevará a cabo una revisión de los gastos financiados con su aportación
de acuerdo con los procedimientos que tiene establecidos para ello, para lo que el
Colaborador Sectorial deberá presentar los justificantes originales de los gastos
generados en la realización de la Misión Inversa y de su pago. Posteriormente, ICEX
abonará el gasto realizado por el Colaborador Sectorial de conformidad con los
porcentajes indicados en la cláusula tercera anterior en el plazo de treinta (30) días
naturales, con el máximo previsto en la citada cláusula.
La revisión de los gastos financiados con la aportación de ICEX se realizará por
firmas auditoras contratadas por ICEX, para lo que el Colaborador Sectorial deberá
cve: BOE-A-2022-16496
Verificable en https://www.boe.es
4.2
Núm. 243
Lunes 10 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 138648
Tercera. Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para la Misión Inversa objeto de este Convenio es
de hasta doce mil seiscientos euros (12.600 €), de los cuales:
– ICEX financiará el 100% de los gastos incurridos elegibles, definidos en el
apartado 4.1 del Convenio, que hayan sido generados por la Misión Inversa ejecutada.
– Por su parte, el Colaborador Sectorial contribuiría con unas actuaciones
cuantificables económicamente entre dos mil y tres mil euros (2.000 y 3.000 €), y
referidas a: (i) invitaciones Feria GameLabsNet (ii) espacios para el desarrollo de
reuniones con las empresas (iii) elaboración de contenidos digitales para la difusión en
medios y en otros canales de comunicación.
Cuarta.
4.1
Gastos elegibles y su justificación.
Gastos elegibles.
Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de la Misión Inversa llevada a cabo a
través del presente Convenio:
– Servicios profesionales para la organización de eventos, actividades, reuniones y
programas.
– Contratación de ponentes y traductores.
– Billetes de avión y de tren para el desplazamiento de los participantes extranjeros
de la Misión Inversa.
– Traslados internos (autobús, taxi o cualquier otro medio de transporte con o sin
conductor).
– Alojamiento de los participantes en la Misión Inversa durante su estancia en
España.
– Almuerzos o cenas de trabajo y catering de acciones de networking.
– Acciones de comunicación, realización de vídeos y/o reportajes fotográficos,
grabación, streaming, conexiones.
Se excluyen como gastos susceptibles de ser financiados los gastos de gestión
interna del Colaborador Sectorial y específicamente sueldos y salarios, alquiler de
oficinas, contratación de servicios inherentes al Colaborador Sectorial, así como todos
aquellos gastos considerados de gestión interna del Colaborador Sectorial. Quedan
también excluidos los gastos de kilometraje, parking, dietas y manutención en general.
Justificación de los gastos.
Para el adecuado seguimiento de los costes de la Misión Inversa, en el plazo máximo
de tres (3) meses desde su finalización, el Colaborador Sectorial presentará a la
Comisión de Seguimiento una memoria económica justificativa del destino de los fondos,
que incluirá la relación de facturas y pagos realizados, con indicación de la parte
financiada por ICEX.
El gasto se realizará en un primer momento por el Colaborador Sectorial con
respecto de las obligaciones que la misma asume conforme a lo dispuesto en la cláusula
segunda. ICEX llevará a cabo una revisión de los gastos financiados con su aportación
de acuerdo con los procedimientos que tiene establecidos para ello, para lo que el
Colaborador Sectorial deberá presentar los justificantes originales de los gastos
generados en la realización de la Misión Inversa y de su pago. Posteriormente, ICEX
abonará el gasto realizado por el Colaborador Sectorial de conformidad con los
porcentajes indicados en la cláusula tercera anterior en el plazo de treinta (30) días
naturales, con el máximo previsto en la citada cláusula.
La revisión de los gastos financiados con la aportación de ICEX se realizará por
firmas auditoras contratadas por ICEX, para lo que el Colaborador Sectorial deberá
cve: BOE-A-2022-16496
Verificable en https://www.boe.es
4.2