III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-16503)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Madrid, para la realización de visitas de los centros escolares de Madrid al Museo Nacional de Ciencias Naturales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Lunes 10 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 138683

de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación («Ley de la Ciencia»), es un organismo
público de investigación (OPI) de la Administración General del Estado, actualmente
adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación a través de la Secretaría General de
Investigación, que tiene por objeto el fomento, la coordinación, el desarrollo y la difusión
de la investigación científica y tecnológica, de carácter multidisciplinar, con el fin de
contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así
como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en
estas materias de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Estatuto del CSIC,
aprobado por Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre (BOE 14/01/2008).
El CSIC está constituido como Agencia Estatal y, en dicha condición, se rige por lo
establecido en los artículos 108 bis a 108 sexies (introducidos por la Ley de PGE
para 2021) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de 2015, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y por las disposiciones de su ya citado Estatuto.
Asimismo, el Museo Nacional de Ciencias Naturales (MNCN) es un instituto de investigación
propio del CSIC, sin personalidad jurídica diferenciada, dedicado al estudio y difusión de las
Ciencias Naturales. Entre sus fines se encuentran, entre otros, la promoción de actividades
culturales y educativas y la promoción, creación e intercambio de material científico.
Segundo.
Que la Ley de la Ciencia regula, en su artículo 34.1, la posibilidad de que los agentes
públicos de financiación o ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e
Innovación, incluidas las Administraciones Públicas, las universidades públicas, los
organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, los
consorcios y fundaciones participadas por las administraciones públicas, los organismos
de investigación de otras administraciones públicas, y los centros e instituciones del
Sistema Nacional de Salud, podrán suscribir convenios sujetos al derecho administrativo.
Asimismo, dicho artículo 34.1 prevé que podrán celebrar estos convenios los propios
agentes públicos entre sí, o con agentes privados que realicen actividades de
investigación científica y técnica, nacionales, supranacionales o extranjeros, para la
realización conjunta de las siguientes actividades: proyectos y actuaciones de
investigación científica, desarrollo e innovación; creación o financiación de centros,
institutos, consorcios o unidades de investigación, e infraestructuras científicas;
financiación de proyectos científico-técnicos singulares; formación de personal científico
y técnico; divulgación científica y tecnológica y uso compartido de inmuebles, de
instalaciones y de medios materiales para el desarrollo de actividades de investigación
científica, desarrollo e innovación. En particular, el objeto del presente convenio se
incardina en la letra e) del citado artículo, relativa a «divulgación científica y tecnológica».
Tercero.

Cuarto.
Que, en el ejercicio de estas competencias, la Dirección General de Familias,
Infancia, Educación y Juventud, a través del Servicio de Actividades Educativas,
desarrolla diversas líneas de actuación entre las que se encuentra «Actividades
complementarias a la enseñanza», que se materializa en diversas actividades y
programas dirigidos a la comunidad educativa como es «Madrid, un libro abierto».

cve: BOE-A-2022-16503
Verificable en https://www.boe.es

Que, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta
de Gobierno de la Ciudad de Madrid, el Área de Gobierno de Familias, Igualdad y
Bienestar Social, a través de la Dirección General de Familias, Infancia, Educación y
Juventud, tiene entre sus competencias programar actividades o servicios
complementarios a la enseñanza y coordinar la oferta global existente en el municipio de
Madrid, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los Distritos.