III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-16432)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunitat Valenciana, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242
Sábado 8 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 138054
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
16432
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad
Social y la Comunitat Valenciana, para el impulso y consolidación del sistema
Tarjeta Social Digital.
Con fecha 27 de septiembre de 2022 se ha suscrito Convenio entre el Instituto
Nacional de la Seguridad Social y la Comunitat Valenciana, para el impulso y
consolidación del sistema Tarjeta Social Digital y, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura
como Anexo de esta Resolución.
Madrid, 29 de septiembre de 2022.–La Secretaria General Técnica, Iria Álvarez
Besteiro.
ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunitat
Valenciana, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital
En Madrid y Valencia, a 27 de septiembre de 2022.
REUNIDAS
De una parte, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, representado por doña
María del Carmen Armesto González-Rosón, Directora General, cargo para el que fue
nombrada por el Real Decreto 131/2020, de 21 de enero, competente para la firma del
presente convenio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Real
Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de conformidad, asimismo, con lo señalado en
el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, la Comunitat Valenciana representada por doña Aitana Joana Mas
Mas, Vicepresidenta y Consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas nombrada por
Decreto 19/2022, de 28 de junio, del President de la Generalitat, por el que se nombra a
la persona titular de la Vicepresidencia y de la Conselleria de Igualdad y Políticas
Inclusivas, y la secretaria y la portavoz del Consell, conforme a la autorización conferida
para la firma del presente convenio por Acuerdo del Consell reunido en sesión de 9 de
septiembre de 2022.
EXPONEN
1. El Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y
funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante INSS), le atribuye,
en su artículo 1. a) el reconocimiento y control del derecho a las prestaciones
económicas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva en
consonancia también con lo establecido en el artículo 66.1.a) del Texto Refundido de la
Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30
de octubre, y en el artículo 1.2.d del Real Decreto 2583/1996 que le atribuye la gestión y
cve: BOE-A-2022-16432
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y a tal efecto
Núm. 242
Sábado 8 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 138054
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
16432
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Secretaría General Técnica,
por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad
Social y la Comunitat Valenciana, para el impulso y consolidación del sistema
Tarjeta Social Digital.
Con fecha 27 de septiembre de 2022 se ha suscrito Convenio entre el Instituto
Nacional de la Seguridad Social y la Comunitat Valenciana, para el impulso y
consolidación del sistema Tarjeta Social Digital y, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio, que figura
como Anexo de esta Resolución.
Madrid, 29 de septiembre de 2022.–La Secretaria General Técnica, Iria Álvarez
Besteiro.
ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunitat
Valenciana, para el impulso y consolidación del sistema Tarjeta Social Digital
En Madrid y Valencia, a 27 de septiembre de 2022.
REUNIDAS
De una parte, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, representado por doña
María del Carmen Armesto González-Rosón, Directora General, cargo para el que fue
nombrada por el Real Decreto 131/2020, de 21 de enero, competente para la firma del
presente convenio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Real
Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de conformidad, asimismo, con lo señalado en
el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, la Comunitat Valenciana representada por doña Aitana Joana Mas
Mas, Vicepresidenta y Consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas nombrada por
Decreto 19/2022, de 28 de junio, del President de la Generalitat, por el que se nombra a
la persona titular de la Vicepresidencia y de la Conselleria de Igualdad y Políticas
Inclusivas, y la secretaria y la portavoz del Consell, conforme a la autorización conferida
para la firma del presente convenio por Acuerdo del Consell reunido en sesión de 9 de
septiembre de 2022.
EXPONEN
1. El Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y
funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (en adelante INSS), le atribuye,
en su artículo 1. a) el reconocimiento y control del derecho a las prestaciones
económicas del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva en
consonancia también con lo establecido en el artículo 66.1.a) del Texto Refundido de la
Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30
de octubre, y en el artículo 1.2.d del Real Decreto 2583/1996 que le atribuye la gestión y
cve: BOE-A-2022-16432
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y a tal efecto