III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2022-16380)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Crambo, SA, para apoyar la explotación didáctica de los espacios educativos según el modelo del proyecto "Aula del Futuro".
14 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137782
presente Convenio, que queda como referencia única en la aplicación del modelo «Aula
del Futuro» para la aplicación didáctica de las tecnologías.
Quinta.
1.
Compromisos de las Partes.
Compromisos del MEFP.
− Coordinación y apoyo a la gestión de las adhesiones de las comunidades
autónomas al Convenio.
− Participar en la planificación, seguimiento, desarrollo y evaluación del desarrollo del
Convenio y del proyecto «Aula del Futuro», junto al resto de las Partes, promoviendo la
interacción y colaboración entre las unidades responsables de las Aulas del Futuro que
existan en las administraciones educativas.
− Asumir en Ceuta y Melilla el desarrollo íntegro del proyecto como administración
pública con competencias en materia educativa en dicho ámbito territorial.
− Dar apoyo a las comunidades autónomas participantes en la selección de los
espacios físicos para la creación del «Aula del Futuro» y la implementación del enfoque
metodológico para la división del espacio en zonas de aprendizaje.
− Ofrecer formación abierta a nivel nacional a todos los docentes de etapas
educativas no universitarias como parte de su desarrollo profesional, especialmente a los
docentes propuestos por las comunidades autónomas. Esta formación seguirá el modelo
pedagógico del «Aula del Futuro» en los términos del apartado IV del anexo 2.
− Compartir con las comunidades autónomas los productos e información sobre las
formaciones desarrolladas por el proyecto europeo Future Classroom Lab (FCL) y
aquellas organizadas por el MEFP.
− Coordinar, dinamizar y organizar la actividad de la red de embajadores del «Aula
del Futuro» (FCL), buscando sinergias con otras iniciativas europeas susceptibles de
proporcionar beneficios mutuos, como eTwinning.
− Colaborar con instituciones y organizaciones educativas para fomentar el modelo
«Aula del Futuro» y su impacto positivo.
− Organizar al menos 8 actividades formativas presenciales en los espacios «Aula
del Futuro» del INTEF y en las Aula de Ceuta y Melilla, para lo que considerará las
aportaciones hechas por CRAMBO en este sentido.
− Certificar los cursos impartidos dentro del marco del proyecto Aula del Futuro, en
las condiciones establecidas por la legislación vigente en cada momento para la emisión
de certificados de formación del profesorado.
Compromisos de CRAMBO.
− Colaborar, junto al resto de las Partes, en la planificación, seguimiento y desarrollo
del Convenio y del proyecto «Aula del Futuro» en las administraciones educativas
adheridas al Convenio.
− Proporcionar, según lo establecido en los anexos 2 y 3, el equipamiento
correspondiente a las «Aulas del Futuro» de las administraciones educativas adheridas
al Convenio, manteniéndolo operativo y actualizado durante el desarrollo del proyecto.
Este equipamiento será cedido a cada administración educativa que se adhiera
dentro del ámbito de aplicación del Convenio, teniendo CRAMBO el derecho de
recuperarlo en caso de incumplimiento del Convenio, mediante notificación escrita
razonada en un plazo no inferior a 60 días.
Por otra parte, el equipamiento será donado a las administraciones educativas a la
finalización del Convenio o antes de finalizar su vigencia, si así lo decide CRAMBO
dejando constancia expresa por escrito, en ambos casos, de la voluntad de la donación.
La entrega y retirada de equipamiento correrá a cargo de CRAMBO. En ese momento,
se facilitarán a CRAMBO los correspondientes certificados a los efectos de lo establecido
en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de Entidades sin Fines
Lucrativos e Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
cve: BOE-A-2022-16380
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. III. Pág. 137782
presente Convenio, que queda como referencia única en la aplicación del modelo «Aula
del Futuro» para la aplicación didáctica de las tecnologías.
Quinta.
1.
Compromisos de las Partes.
Compromisos del MEFP.
− Coordinación y apoyo a la gestión de las adhesiones de las comunidades
autónomas al Convenio.
− Participar en la planificación, seguimiento, desarrollo y evaluación del desarrollo del
Convenio y del proyecto «Aula del Futuro», junto al resto de las Partes, promoviendo la
interacción y colaboración entre las unidades responsables de las Aulas del Futuro que
existan en las administraciones educativas.
− Asumir en Ceuta y Melilla el desarrollo íntegro del proyecto como administración
pública con competencias en materia educativa en dicho ámbito territorial.
− Dar apoyo a las comunidades autónomas participantes en la selección de los
espacios físicos para la creación del «Aula del Futuro» y la implementación del enfoque
metodológico para la división del espacio en zonas de aprendizaje.
− Ofrecer formación abierta a nivel nacional a todos los docentes de etapas
educativas no universitarias como parte de su desarrollo profesional, especialmente a los
docentes propuestos por las comunidades autónomas. Esta formación seguirá el modelo
pedagógico del «Aula del Futuro» en los términos del apartado IV del anexo 2.
− Compartir con las comunidades autónomas los productos e información sobre las
formaciones desarrolladas por el proyecto europeo Future Classroom Lab (FCL) y
aquellas organizadas por el MEFP.
− Coordinar, dinamizar y organizar la actividad de la red de embajadores del «Aula
del Futuro» (FCL), buscando sinergias con otras iniciativas europeas susceptibles de
proporcionar beneficios mutuos, como eTwinning.
− Colaborar con instituciones y organizaciones educativas para fomentar el modelo
«Aula del Futuro» y su impacto positivo.
− Organizar al menos 8 actividades formativas presenciales en los espacios «Aula
del Futuro» del INTEF y en las Aula de Ceuta y Melilla, para lo que considerará las
aportaciones hechas por CRAMBO en este sentido.
− Certificar los cursos impartidos dentro del marco del proyecto Aula del Futuro, en
las condiciones establecidas por la legislación vigente en cada momento para la emisión
de certificados de formación del profesorado.
Compromisos de CRAMBO.
− Colaborar, junto al resto de las Partes, en la planificación, seguimiento y desarrollo
del Convenio y del proyecto «Aula del Futuro» en las administraciones educativas
adheridas al Convenio.
− Proporcionar, según lo establecido en los anexos 2 y 3, el equipamiento
correspondiente a las «Aulas del Futuro» de las administraciones educativas adheridas
al Convenio, manteniéndolo operativo y actualizado durante el desarrollo del proyecto.
Este equipamiento será cedido a cada administración educativa que se adhiera
dentro del ámbito de aplicación del Convenio, teniendo CRAMBO el derecho de
recuperarlo en caso de incumplimiento del Convenio, mediante notificación escrita
razonada en un plazo no inferior a 60 días.
Por otra parte, el equipamiento será donado a las administraciones educativas a la
finalización del Convenio o antes de finalizar su vigencia, si así lo decide CRAMBO
dejando constancia expresa por escrito, en ambos casos, de la voluntad de la donación.
La entrega y retirada de equipamiento correrá a cargo de CRAMBO. En ese momento,
se facilitarán a CRAMBO los correspondientes certificados a los efectos de lo establecido
en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de Entidades sin Fines
Lucrativos e Incentivos Fiscales al Mecenazgo.
cve: BOE-A-2022-16380
Verificable en https://www.boe.es
2.