II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-16374)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 137418
que se regulan los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios, aprobado
en Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2020 y con carácter supletorio, por lo previsto
en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Segunda.
2.1
Requisitos de los candidatos.
Requisitos generales comunes:
a. Poseer la nacionalidad española, o la nacionalidad de alguno de los demás
Estados miembros de la Unión Europea.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge, de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
Igualmente podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los
Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en
los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos definidos
por la legislación de la Unión Europea.
Por último, podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria
cuando en el Estado de su nacionalidad se reconozca a los españoles aptitud legal para
ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los
cuerpos docentes universitarios españoles.
b. Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no ostenten la nacionalidad
española, deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
d. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a profesor de universidad.
e. Poseer un conocimiento adecuado del castellano. En su caso, se podrá exigir la
superación de una prueba que lo acredite.
f. Haber abonado los derechos de examen establecidos en la presente
convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación.
2.2
Requisitos específicos:
– Estar habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26
de julio. Se entenderá que quien posea la habilitación para el cuerpo de Catedrático de
Escuela Universitaria la tiene para el cuerpo de Profesor Titular de Universidad.
– Ser funcionario del cuerpo correspondiente o de un cuerpo docente universitario
de igual o superior categoría, siempre que hayan transcurrido como mínimo dos años
desde que haya obtenido una plaza mediante un concurso de acceso.
– Ser profesor de una Universidad de un Estado miembro de la Unión Europea,
en las condiciones establecidas en la Disposición adicional cuarta del Real
Decreto 1312/2007, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los
cuerpos docentes universitarios, y se encuentre en posesión de la certificación por la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación a que hace referencia
la mencionada disposición adicional.
La concurrencia de los requisitos anteriores deberá poseerse en el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
cve: BOE-A-2022-16374
Verificable en https://www.boe.es
Estar acreditado para el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, o bien:
Núm. 241
Viernes 7 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 137418
que se regulan los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios, aprobado
en Consejo de Gobierno de 22 de julio de 2020 y con carácter supletorio, por lo previsto
en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Segunda.
2.1
Requisitos de los candidatos.
Requisitos generales comunes:
a. Poseer la nacionalidad española, o la nacionalidad de alguno de los demás
Estados miembros de la Unión Europea.
También podrán participar cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge, de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad que vivan a sus expensas.
Igualmente podrán participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los
Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en
los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos definidos
por la legislación de la Unión Europea.
Por último, podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria
cuando en el Estado de su nacionalidad se reconozca a los españoles aptitud legal para
ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los
cuerpos docentes universitarios españoles.
b. Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
c. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no ostenten la nacionalidad
española, deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o
condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
d. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a profesor de universidad.
e. Poseer un conocimiento adecuado del castellano. En su caso, se podrá exigir la
superación de una prueba que lo acredite.
f. Haber abonado los derechos de examen establecidos en la presente
convocatoria o acreditar la exención del pago o bonificación.
2.2
Requisitos específicos:
– Estar habilitado conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26
de julio. Se entenderá que quien posea la habilitación para el cuerpo de Catedrático de
Escuela Universitaria la tiene para el cuerpo de Profesor Titular de Universidad.
– Ser funcionario del cuerpo correspondiente o de un cuerpo docente universitario
de igual o superior categoría, siempre que hayan transcurrido como mínimo dos años
desde que haya obtenido una plaza mediante un concurso de acceso.
– Ser profesor de una Universidad de un Estado miembro de la Unión Europea,
en las condiciones establecidas en la Disposición adicional cuarta del Real
Decreto 1312/2007, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los
cuerpos docentes universitarios, y se encuentre en posesión de la certificación por la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación a que hace referencia
la mencionada disposición adicional.
La concurrencia de los requisitos anteriores deberá poseerse en el día de finalización
del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de
posesión.
cve: BOE-A-2022-16374
Verificable en https://www.boe.es
Estar acreditado para el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, o bien: