I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Metrología. (BOE-A-2022-16338)
Orden ICT/953/2022, de 3 de octubre, por la que se declaran los patrones nacionales de las magnitudes fluencia neutrónica y corriente eléctrica para valores superiores a 1 000 A en corriente alterna de baja frecuencia e impulsional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241

Viernes 7 de octubre de 2022

Sec. I. Pág. 137301

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Orden ICT/953/2022, de 3 de octubre, por la que se declaran los patrones
nacionales de las magnitudes fluencia neutrónica y corriente eléctrica para
valores superiores a 1 000 A en corriente alterna de baja frecuencia e
impulsional.

El artículo cuarto de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, establece
que la obtención, conservación, desarrollo y diseminación de las unidades de medida y
de las escalas de tiempo y temperatura es competencia de la Administración General del
Estado y por ello, los patrones de las unidades básicas declarados como tales,
custodiados, conservados y mantenidos por el Estado, son los patrones nacionales de
los que se derivarán todos los demás.
El Real Decreto 207/2022, de 22 de marzo, por el que se modifican diversas normas
reglamentarias para ampliar la designación del Laboratorio de Metrología de Radiaciones
Ionizantes del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
(CIEMAT) y del Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia de la Fundación para el
Fomento de la Innovación Industrial, depositarios de patrones nacionales de medida,
amplió el campo de designación respectivamente a la magnitud fluencia neutrónica y a la
magnitud corriente eléctrica para valores superiores a 1 000 A en corriente alterna de
baja frecuencia e impulsional.
La determinación de los patrones nacionales, de acuerdo con las recomendaciones
internacionales de la Conferencia General de Pesas y Medidas, constituye una exigencia
prioritaria para el desarrollo tecnológico nacional. Con este propósito, y en aplicación de
lo que dispone el artículo 17.2 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, en
relación con las competencias que atribuye al Consejo de Ministros respecto de los
laboratorios asociados al Centro Español de Metrología, esta orden declara los patrones
nacionales de la magnitud fluencia neutrónica y corriente eléctrica para valores
superiores a 1 000 A en corriente alterna de baja frecuencia e impulsional.
Esta orden se adecua a los principios de buena regulación conforme a los cuales
deben actuar las administraciones públicas en el ejercicio de la iniciativa legislativa y la
potestad reglamentaria, como son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, previstos en el artículo 129 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Así, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios
de necesidad y eficacia dado el interés general en el que se fundamenta su contenido,
ya que la norma trata de dar respuesta al avance tecnológico de ambos laboratorios en
cuanto a sus capacidades de medida y a las necesidades sociales de nuevos patrones
de medida. La norma es acorde al principio de proporcionalidad, al contener la
regulación imprescindible para la consecución de los objetivos previamente
mencionados. Igualmente se ajusta al principio de seguridad jurídica, ya que esta norma
es coherente con el resto del ordenamiento jurídico y se ha pretendido que sea clara y
que facilite la actuación y la toma de decisiones de las personas y empresas al disponer
de nuevos patrones que les permitan calibrar sus equipos y dar trazabilidad a las
medidas que realizan. En cuanto al principio de transparencia, se han dado cumplimiento
a los distintos trámites propios de la participación pública, como es el de audiencia e
información públicas a las personas y entidades afectadas. Con respecto al principio de
eficiencia, no se establecen cargas administrativas. Asimismo, respecto al gasto público
cabe señalar que el impacto presupuestario es nulo y no compromete los principios de
estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Esta orden ministerial ha sido informada por el Consejo Superior de Metrología.

cve: BOE-A-2022-16338
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