V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. (BOE-B-2022-30323)
Extracto de la Resolución de 28 de septiembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas M.P., por la que se convocan becas de introducción a la investigación "JAE Intro", en el marco del Programa «Junta para la Ampliación de Estudios».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Martes 4 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 46789
El 1 de enero de 2019, en el caso de estudios de grado del EEES de 180
créditos.
El 1 de enero de 2020, en el caso de estudios de grado del EEES de 240
créditos.
En relación a las fechas de los puntos anteriores, se entiende como fecha de
finalización de estos estudios la de superación de la última materia para
completarlos.
Cuando las personas candidatas estén en posesión de más de un grado, los
requisitos señalados en el punto anterior se referirán al último de los obtenidos, así
como los méritos derivados del mismo.
Cuando concurra alguna de las situaciones que se citan a continuación se
permitirá que la fecha de finalización de los estudios sea anterior a las fechas del
apartado 5. 1 d) para cada situación, ampliándose el plazo por los periodos que
recoge cada una de estas situaciones, siempre que estén comprendidas entre las
fechas del apartado 5. 1 d) para cada situación y la fecha de cierre del plazo de
presentación de solicitudes:
a) Las personas licenciadas o graduadas en Medicina, Farmacia, Biología,
Química o Psicología que en la fecha de cierre del plazo de presentación de
solicitudes estén en posesión del título oficial de especialidad Médica (MIR) o
Farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en Biología
(BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR). Se aplicará una ampliación de cuatro
años.
b) Periodos de permiso derivados de maternidad o paternidad, adopción, o
guarda con fines de adopción o acogimiento disfrutados con arreglo a las
situaciones protegidas que se recogen en el Régimen General de la Seguridad
Social. Se aplicará una ampliación en semanas resultante del producto de 4 por el
número de semanas de baja disfrutadas por cada descendiente.
c) Personas en situación de discapacidad que tengan reconocido un grado de
discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se aplicará una ampliación de dos
años.
d) Incapacidad temporal por enfermedad o accidente del solicitante, con baja
médica igual o superior a tres meses, que haya producido la interrupción de los
estudios a causa de una enfermedad grave o se hayan dedicado a la atención de
personas mayores de la familia en primera línea parental. Se aplicará una
ampliación de un año.
Estos periodos de interrupción se indicarán y acreditarán en el momento de
presentar la solicitud.
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan cada una de las
siguientes condiciones:
No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de
Doctor/a.
No haber sido persona beneficiaria de una beca JAE en las convocatorias
cve: BOE-B-2022-30323
Verificable en https://www.boe.es
Requisitos generales:
Núm. 238
Martes 4 de octubre de 2022
Sec. V-B. Pág. 46789
El 1 de enero de 2019, en el caso de estudios de grado del EEES de 180
créditos.
El 1 de enero de 2020, en el caso de estudios de grado del EEES de 240
créditos.
En relación a las fechas de los puntos anteriores, se entiende como fecha de
finalización de estos estudios la de superación de la última materia para
completarlos.
Cuando las personas candidatas estén en posesión de más de un grado, los
requisitos señalados en el punto anterior se referirán al último de los obtenidos, así
como los méritos derivados del mismo.
Cuando concurra alguna de las situaciones que se citan a continuación se
permitirá que la fecha de finalización de los estudios sea anterior a las fechas del
apartado 5. 1 d) para cada situación, ampliándose el plazo por los periodos que
recoge cada una de estas situaciones, siempre que estén comprendidas entre las
fechas del apartado 5. 1 d) para cada situación y la fecha de cierre del plazo de
presentación de solicitudes:
a) Las personas licenciadas o graduadas en Medicina, Farmacia, Biología,
Química o Psicología que en la fecha de cierre del plazo de presentación de
solicitudes estén en posesión del título oficial de especialidad Médica (MIR) o
Farmacéutica (FIR) o cuenten con el certificado oficial de especialidad en Biología
(BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR). Se aplicará una ampliación de cuatro
años.
b) Periodos de permiso derivados de maternidad o paternidad, adopción, o
guarda con fines de adopción o acogimiento disfrutados con arreglo a las
situaciones protegidas que se recogen en el Régimen General de la Seguridad
Social. Se aplicará una ampliación en semanas resultante del producto de 4 por el
número de semanas de baja disfrutadas por cada descendiente.
c) Personas en situación de discapacidad que tengan reconocido un grado de
discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se aplicará una ampliación de dos
años.
d) Incapacidad temporal por enfermedad o accidente del solicitante, con baja
médica igual o superior a tres meses, que haya producido la interrupción de los
estudios a causa de una enfermedad grave o se hayan dedicado a la atención de
personas mayores de la familia en primera línea parental. Se aplicará una
ampliación de un año.
Estos periodos de interrupción se indicarán y acreditarán en el momento de
presentar la solicitud.
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que cumplan cada una de las
siguientes condiciones:
No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título académico de
Doctor/a.
No haber sido persona beneficiaria de una beca JAE en las convocatorias
cve: BOE-B-2022-30323
Verificable en https://www.boe.es
Requisitos generales: