III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Deuda del Estado. (BOE-A-2022-16117)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Obligaciones del Estado en el mes de octubre de 2022 y se convocan las correspondientes subastas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de octubre de 2022

Sec. III. Pág. 135876

emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 2,55 por 100, vencimiento 31 de
octubre de 2032 y en las Órdenes ETD/168/2020 y ETD/170/2020, de 25 y 26 de febrero,
respectivamente, para la emisión de Obligaciones del Estado al 1,00 por 100,
vencimiento 31 de octubre de 2050. En las Obligaciones del Estado, indexadas al Índice
de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 1,00 por 100, con
vencimiento el 30 de noviembre de 2030, el cupón real anual y las fechas de
amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las
Órdenes ECC/509/2015 y ECC/521/2015 de 24 y 25 de marzo, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 31 de octubre
de 2022 en las Obligaciones al 1,00 por 100, el 30 de noviembre de 2022 en las
Obligaciones al 1,00 por 100, indexadas a la inflación y el 31 de enero de 2023 en las
Obligaciones al 6,00 por 100. En las Obligaciones a diez años al 2,55 por 100, el primer
cupón a pagar será el 31 de octubre de 2022, por un importe de 0,971096 por 100,
según se establece en la Orden ETD/531/2022, de 8 de junio.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, las Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No
obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en las
Obligaciones a diez años al 2,55 por 100 y en las Obligaciones al 1,00 por 100,
indexadas a la inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la
Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 6 de octubre de 2022, conforme al calendario
hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 24 de enero de 2022, y el precio de las
peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con
dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve,
ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones al 1,00
por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente
índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores
que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden
ETD/18/2022, de 18 de enero, es el 4,16 por 100 en las Obligaciones al 6,00 por 100,
vencimiento 31 de enero de 2029, el 0,86 por 100 en las Obligaciones al 1,00 por 100
indexadas a la inflación, vencimiento 30 de noviembre de 2030, el 0,83 por 100 en las
Obligaciones a diez años al 2,55 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2032 y el 0,95 por 100
en las Obligaciones al 1,00 por 100, vencimiento 31 de octubre de 2050. Asimismo, el
coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión,
calculado según lo dispuesto en el punto 3.g de la Orden ECC/509/2015, es el 1,16674.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 11 de
octubre de 2022, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de
cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF
Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones
reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas,
con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de las Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de
acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/18/2022, de 18 de enero.
Madrid, 30 de septiembre de 2022.–El Director General del Tesoro y Política
Financiera, Álvaro López Barceló.

cve: BOE-A-2022-16117
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Núm. 237