II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado. (BOE-A-2022-16053)
Resolución de 26 de septiembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 135287
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión
Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos
ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional
correspondiente.
Dicha exención deberá solicitarse con anterioridad al último día de presentación de
solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las
convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el
Organismo Internacional correspondiente de haber superado aquéllas
Los aspirantes con discapacidad, podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas, a fin de asegurar
su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar
el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado
origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda
valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada.
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
4.
Titulación
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, o tener
cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero, deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en
su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de
aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
derecho comunitario.
5. Listas de candidatos del proceso selectivo
De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la
que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el
ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en
relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
con la Instrucción Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y
para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010 y con el artículo 3,21 del Real
Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2022, el Tribunal elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan
superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la
puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la
selección de funcionarios interinos del Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado se
pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la
autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión
se hará público en la página web del Instituto Nacional de Estadística.
cve: BOE-A-2022-16053
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 237
Lunes 3 de octubre de 2022
Sec. II.B. Pág. 135287
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos
Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión
Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos
ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional
correspondiente.
Dicha exención deberá solicitarse con anterioridad al último día de presentación de
solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las
convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el
Organismo Internacional correspondiente de haber superado aquéllas
Los aspirantes con discapacidad, podrán pedir en el modelo oficial de solicitud, las
adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas, a fin de asegurar
su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar
el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado
origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda
valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada.
3.
Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a
esta convocatoria.
4.
Titulación
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, o tener
cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero, deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en
su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de
aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de
derecho comunitario.
5. Listas de candidatos del proceso selectivo
De acuerdo con el artículo vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la
que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el
ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, en
relación con el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
con la Instrucción Conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y
para la Función Pública de 17 de noviembre de 2010 y con el artículo 3,21 del Real
Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2022, el Tribunal elaborará una lista de candidatos con todos los que hayan
superado al menos un ejercicio de la oposición, ordenados por la suma total de la
puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la
selección de funcionarios interinos del Cuerpo Superior de Estadísticos del Estado se
pueda realizar con esta lista de candidatos mediante procedimientos ágiles.
Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de candidatos será necesaria la
autorización de la Dirección General de la Función Pública. Este procedimiento de gestión
se hará público en la página web del Instituto Nacional de Estadística.
cve: BOE-A-2022-16053
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 237