II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-16094)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral en la categoría de Titulado de Grado Medio.
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de octubre de 2022

Sec. II.B. Pág. 135387

de Córdoba, aprobado en Consejo de Gobierno de 1 de diciembre de 2017 y modificado
por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2020; y demás normativa de
pertinente aplicación.
1.3 En consideración a la naturaleza profesional y a las tareas a realizar por el
personal a seleccionar, el sistema de selección será el de concurso-oposición, que
constará de las siguientes fases: fase de oposición y fase de concurso, con las pruebas,
puntuaciones y méritos que se especifican en el anexo I de esta resolución.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el
anexo II de esta convocatoria.
1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizadas, en todo caso,
los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de
publicidad.
1.6 De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas
participantes e interesadas se publicará en el Portal del Personal, apartado
«convocatorias de empleo PAS» de la página web de la Universidad de Córdoba.
1.7 El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984,
de 26 diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas (BOE n.º 4, de 4 de enero de 1985).
2.

Requisitos de los aspirantes

2.1 Las personas aspirantes, para ser admitidas en el proceso selectivo, deberán
reunir los siguientes requisitos, conforme a los artículos 56 y 57 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho y sus descendientes y los descendientes de su
cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o
mayores de dicha edad dependientes.
Asimismo, podrán participar los extranjeros con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la
categoría de las plazas a las que se opta. Quienes tengan la condición de discapacitado
reconocida oficialmente deberán tener catalogada la discapacidad acreditando su
compatibilidad con las funciones de las plazas a las que se opta, funciones descritas en
el anexo II del IV Convenio Colectivo de Personal Laboral de las Universidades
Andaluzas, publicado en BOJA número 36, de 23 de febrero de 2004.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en
el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso
de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni
haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en
los mismos términos el acceso al empleo público.

cve: BOE-A-2022-16094
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 237