II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Ceses. (BOE-A-2022-16032)
Decreto de 20 de septiembre de 2022, del Fiscal General del Estado, por el que se dispone el cese por renuncia de doña María Farnés Martínez Frigola como Fiscal Delegada Provincial de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada de la Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Lunes 3 de octubre de 2022
Sec. II.A. Pág. 135174
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO FISCAL
16032
Decreto de 20 de septiembre de 2022, del Fiscal General del Estado, por el
que se dispone el cese por renuncia de doña María Farnés Martínez Frigola
como Fiscal Delegada Provincial de la Fiscalía Especial contra la Corrupción
y la Criminalidad Organizada de la Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife.
Hechos
En escrito de fecha 12 de septiembre de 2022, el Excmo. señor Fiscal de Sala Jefe de la
Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada remitió a la Inspección
Fiscal un escrito en el que comunica la renuncia irrevocable de la Fiscal Delegada en la
Fiscalía Provincial de Sta. Cruz de Tenerife, doña María Farnés Martínez Frigola.
El escrito viene precedido del escrito de renuncia de fecha 9 de septiembre firmado
por la citada Fiscal Delegada, con expresa mención a la razón de la renuncia: no poder
desempeñar la función debido a las múltiples obligaciones que conlleva el cargo de
Fiscal Jefe Provincial. El Fiscal de Sala Anticorrupción se muestra conforme con la
renuncia y la somete a aprobación del Fiscal General del Estado.
Fundamentos
Primero.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las
Fiscalías serán nombrados, y en su caso relevados, mediante resolución dictada por el
Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo (artículo 36.4).
Específicamente para Fiscales Delegados, el artículo 62 del Reglamento del Ministerio
Fiscal (Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo) prevé normas específicas para el
nombramiento de Fiscales Delegados de Fiscalías Especiales y su remoción del cargo
(apartado 1.º), para el relevo de Fiscales Delegados provinciales especialistas (apdo. 2.º), y
establece la necesidad de publicar el cese de unos y otros en el «Boletín Oficial del Estado»
(apdo. 3.º). Para la remoción del cargo de Delegado de una Fiscalía Especial, el RMF exige
decisión del Fiscal General del Estado, a propuesta del Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía
Especial, oído el Fiscal Jefe correspondiente, que en este caso es coincidente con la
persona que ostenta el cargo de Delegada.
La Instrucción 5/2008, de 18 de diciembre, de la Fiscalía General del Estado
complementaba la anterior disposición en su apartado I.d), ante la falta de previsión
estatutaria relativa a la renuncia, aclarando que también se seguirá el mismo
procedimiento de designación y cese de los Delegados provinciales, mediante un trámite
de audiencia del Fiscal de Sala Coordinador correspondiente, y que la propuesta de cese
será remitida al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal. En esencia es
coincidente con la previsión del RMF.
Tercero.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al cese
interesado, con la conformidad del Fiscal de Sala Jefe Anticorrupción.
cve: BOE-A-2022-16032
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 237
Lunes 3 de octubre de 2022
Sec. II.A. Pág. 135174
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO FISCAL
16032
Decreto de 20 de septiembre de 2022, del Fiscal General del Estado, por el
que se dispone el cese por renuncia de doña María Farnés Martínez Frigola
como Fiscal Delegada Provincial de la Fiscalía Especial contra la Corrupción
y la Criminalidad Organizada de la Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife.
Hechos
En escrito de fecha 12 de septiembre de 2022, el Excmo. señor Fiscal de Sala Jefe de la
Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada remitió a la Inspección
Fiscal un escrito en el que comunica la renuncia irrevocable de la Fiscal Delegada en la
Fiscalía Provincial de Sta. Cruz de Tenerife, doña María Farnés Martínez Frigola.
El escrito viene precedido del escrito de renuncia de fecha 9 de septiembre firmado
por la citada Fiscal Delegada, con expresa mención a la razón de la renuncia: no poder
desempeñar la función debido a las múltiples obligaciones que conlleva el cargo de
Fiscal Jefe Provincial. El Fiscal de Sala Anticorrupción se muestra conforme con la
renuncia y la somete a aprobación del Fiscal General del Estado.
Fundamentos
Primero.
El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las
Fiscalías serán nombrados, y en su caso relevados, mediante resolución dictada por el
Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo (artículo 36.4).
Específicamente para Fiscales Delegados, el artículo 62 del Reglamento del Ministerio
Fiscal (Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo) prevé normas específicas para el
nombramiento de Fiscales Delegados de Fiscalías Especiales y su remoción del cargo
(apartado 1.º), para el relevo de Fiscales Delegados provinciales especialistas (apdo. 2.º), y
establece la necesidad de publicar el cese de unos y otros en el «Boletín Oficial del Estado»
(apdo. 3.º). Para la remoción del cargo de Delegado de una Fiscalía Especial, el RMF exige
decisión del Fiscal General del Estado, a propuesta del Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía
Especial, oído el Fiscal Jefe correspondiente, que en este caso es coincidente con la
persona que ostenta el cargo de Delegada.
La Instrucción 5/2008, de 18 de diciembre, de la Fiscalía General del Estado
complementaba la anterior disposición en su apartado I.d), ante la falta de previsión
estatutaria relativa a la renuncia, aclarando que también se seguirá el mismo
procedimiento de designación y cese de los Delegados provinciales, mediante un trámite
de audiencia del Fiscal de Sala Coordinador correspondiente, y que la propuesta de cese
será remitida al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal. En esencia es
coincidente con la previsión del RMF.
Tercero.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al cese
interesado, con la conformidad del Fiscal de Sala Jefe Anticorrupción.
cve: BOE-A-2022-16032
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.