III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-15939)
Resolución de 30 de julio de 2022, de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras, por la que se publica el Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario al pasaje del Puerto de Tarifa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 134533
vean atendidos debidamente, se podrá presentar reclamación ante la autoridad de
protección de datos competente.
En ............................................, a ......... de .................. de 20....
Firmado
ANEXO VI
Declaración de honorabilidad
[VI.ID10]
D./D.ª ......................................................................................, mayor de edad, con
domicilio en la calle .............................. número ......, población ..............................,
código postal ............., con DNI/NIE ......................., del cual adjunto fotocopia, en
representación de ..............................., con número de registro ..............., domicilio social
en ................................ y NIF-IVA ...................., mediante este escrito:
(1) Declara que el solicitante se encuentra o no en una de las situaciones siguientes:
Sí No
(a) Está incurso en un procedimiento concursal, de liquidación o insolvencia, sus activos están siendo administrados por un administrador
concursal o por un tribunal, ha llegado a un acuerdo con sus acreedores, ha suspendido sus actividades empresariales o se encuentra en
cualquier otra situación similar resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las legislaciones y normativas del Estado
español o del país en el que está establecido;
(b) Se ha establecido mediante sentencia firme o una decisión administrativa firme que el solicitante está en situación de incumplimiento
de sus obligaciones relativas al pago de impuestos o cotizaciones a la seguridad social, de acuerdo con las disposiciones legales del
Estado español o del país en el que está establecido;
(c) Se ha establecido mediante una sentencia firme o una decisión administrativa definitiva que el solicitante o sus gestores son culpables
de una falta profesional grave por violación de disposiciones legales o reglamentarias o de las normas deontológicas de la profesión a la
que pertenecen, o por haber incurrido en cualquier conducta punible que pueda influir en su credibilidad profesional, cuando dicha conducta
denote un propósito doloso o negligencia grave, incluida, en particular, cualquiera de las conductas siguientes:
(i) Tergiversación de forma fraudulenta o negligente de la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de denegación de la
licencia o para el cumplimiento de los requisitos de acceso o para la prestación del servicio;
(ii) Celebración de un acuerdo con otros operadores con el fin de falsear la competencia;
(iii) Violación de los derechos de propiedad intelectual;
(iv) Intento de influir en el proceso de toma de decisiones de la Autoridad Portuaria durante el procedimiento de otorgamiento;
(v) Intento de obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de otorgamiento;
(d) Una resolución judicial firme ha dictaminado que el solicitante o sus gestores son culpables de uno de los siguientes delitos conforme a
la legislación europea, del Estado español o del país en el que está establecido:
(i) Fraude;
(ii) Corrupción;
(iv) Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo
(v) Delitos relacionados con el terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas
(vi) Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos
(e) El solicitante o sus gestores han sido sancionados en firme por infracción grave en materia profesional que pone en entredicho su
integridad, de integración laboral y de igualdad de oportunidades y de no discriminación de las personas con discapacidad o de extranjería
de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
cve: BOE-A-2022-15939
Verificable en https://www.boe.es
(iii) Participación en una organización delictiva;
Núm. 235
Viernes 30 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 134533
vean atendidos debidamente, se podrá presentar reclamación ante la autoridad de
protección de datos competente.
En ............................................, a ......... de .................. de 20....
Firmado
ANEXO VI
Declaración de honorabilidad
[VI.ID10]
D./D.ª ......................................................................................, mayor de edad, con
domicilio en la calle .............................. número ......, población ..............................,
código postal ............., con DNI/NIE ......................., del cual adjunto fotocopia, en
representación de ..............................., con número de registro ..............., domicilio social
en ................................ y NIF-IVA ...................., mediante este escrito:
(1) Declara que el solicitante se encuentra o no en una de las situaciones siguientes:
Sí No
(a) Está incurso en un procedimiento concursal, de liquidación o insolvencia, sus activos están siendo administrados por un administrador
concursal o por un tribunal, ha llegado a un acuerdo con sus acreedores, ha suspendido sus actividades empresariales o se encuentra en
cualquier otra situación similar resultante de un procedimiento de la misma naturaleza vigente en las legislaciones y normativas del Estado
español o del país en el que está establecido;
(b) Se ha establecido mediante sentencia firme o una decisión administrativa firme que el solicitante está en situación de incumplimiento
de sus obligaciones relativas al pago de impuestos o cotizaciones a la seguridad social, de acuerdo con las disposiciones legales del
Estado español o del país en el que está establecido;
(c) Se ha establecido mediante una sentencia firme o una decisión administrativa definitiva que el solicitante o sus gestores son culpables
de una falta profesional grave por violación de disposiciones legales o reglamentarias o de las normas deontológicas de la profesión a la
que pertenecen, o por haber incurrido en cualquier conducta punible que pueda influir en su credibilidad profesional, cuando dicha conducta
denote un propósito doloso o negligencia grave, incluida, en particular, cualquiera de las conductas siguientes:
(i) Tergiversación de forma fraudulenta o negligente de la información exigida para verificar la inexistencia de motivos de denegación de la
licencia o para el cumplimiento de los requisitos de acceso o para la prestación del servicio;
(ii) Celebración de un acuerdo con otros operadores con el fin de falsear la competencia;
(iii) Violación de los derechos de propiedad intelectual;
(iv) Intento de influir en el proceso de toma de decisiones de la Autoridad Portuaria durante el procedimiento de otorgamiento;
(v) Intento de obtener información confidencial que pueda conferirle ventajas indebidas en el procedimiento de otorgamiento;
(d) Una resolución judicial firme ha dictaminado que el solicitante o sus gestores son culpables de uno de los siguientes delitos conforme a
la legislación europea, del Estado español o del país en el que está establecido:
(i) Fraude;
(ii) Corrupción;
(iv) Blanqueo de capitales o financiación del terrorismo
(v) Delitos relacionados con el terrorismo o delitos ligados a las actividades terroristas
(vi) Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos
(e) El solicitante o sus gestores han sido sancionados en firme por infracción grave en materia profesional que pone en entredicho su
integridad, de integración laboral y de igualdad de oportunidades y de no discriminación de las personas con discapacidad o de extranjería
de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
cve: BOE-A-2022-15939
Verificable en https://www.boe.es
(iii) Participación en una organización delictiva;