III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-15868)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se corrigen errores en la de 9 de septiembre de 2022, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de diciembre de 2021, en el que se declara a varias comunidades autónomas "Zona afectada gravemente por una emergencia de Protección Civil".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234

Jueves 29 de septiembre de 2022

Sec. III. Pág. 133955

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
15868

Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Secretaría de Estado de
Política Territorial, por la que se corrigen errores en la de 9 de septiembre de
2022, por la que se acuerda la asignación de las subvenciones por daños en
infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el
Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de diciembre de 2021, en el que se
declara a varias comunidades autónomas «Zona afectada gravemente por
una emergencia de Protección Civil».

Se ha advertido un error material en la Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la
Secretaría de Estado de Política Territorial, por la que se acuerda la asignación de las
subvenciones por daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular,
previstas en el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 17 de diciembre de 2021, en el que
se declara a varias comunidades autónomas «Zona afectada gravemente por una
emergencia de Protección Civil», publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 221,
de 14 de septiembre de 2022.
El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las
Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia
de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus
actos, por lo que se procede a efectuar la siguiente rectificación:
En el anexo I, relación de proyectos financiados (ordenados por entidad beneficiaria),
Donde dice:
«Núm. proyecto

Entidad ejecutora

Importe del proyecto solicitado

Euros

Importe subvención asignada

Euros

Observaciones

20.884,94

10.442,47

3y4

5.771.563,66

2.794.597,29»

Importe del proyecto solicitado

Euros

Importe subvención asignada

Euros

Observaciones

20.884,94

10.442,47

3y4

5.771.563,66

2.794.597,29»

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
(…)
704

Ayuntamiento de Ubide.

Total DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA.

Debe decir:
«Núm. proyecto

Entidad ejecutora

DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
704

Ayuntamiento de Zeanuri.

Total DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA.

Para el proyecto afectado, el plazo al que se refiere el artículo 12 de la Orden
HAP/196/2015, de 21 de enero, se computará a partir de la publicación de la presente
resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta resolución pone fin a la vía administrativa.

cve: BOE-A-2022-15868
Verificable en https://www.boe.es

(…)