II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2022-15838)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 29 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 133754

Séptima. Comisión de Valoración.
1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuya composición se ajustará al
principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa
vigente en materia de igualdad y que constará de los siguientes miembros:
Presidente: La Directora del Departamento de Recursos Humanos y Relaciones
Laborales de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado o funcionario/funcionaria en
quien delegue.
Secretario: Un funcionario o funcionaria del Departamento de Recursos Humanos y
Relaciones Laborales de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Vocales: Un funcionario o funcionaria por Departamento o Unidad asimilada donde
radiquen los puestos de trabajo.
Las organizaciones sindicales con presencia en la Junta de Personal de la AEBOE
tendrán derecho a participar como miembros en la Comisión de Valoración. A efectos del
nombramiento deberán remitir los datos de la persona propuesta en el plazo de diez días
desde la publicación de la convocatoria.
La Comisión de Valoración podrá contar con expertos designados por la autoridad
convocante, previa solicitud de la Comisión, los cuales actuarán con voz, pero sin voto
en calidad de asesores, de acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo.
Todos los miembros de la Comisión de Valoración, tanto titulares como suplentes,
deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior al
exigido para los puestos convocados y poseer, además, un grado personal o
desempeñar puestos de trabajo con niveles iguales o superiores a los convocados. Los
miembros titulares tendrán suplentes que, en su caso, les sustituirán con voz y voto, en
caso de ausencia justificada.
2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido
mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la
presente convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del concurso, se acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente, que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Organismo.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se constituya la comisión de valoración del concurso. De la
fecha de la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados): se admitirá hasta al día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.

cve: BOE-A-2022-15838
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Núm. 234