II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-15789)
Resolución de 20 de septiembre de 2022, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233
Miércoles 28 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 133216
Duodécima.
El concursante propuesto deberá presentar, en los veinte días siguientes al de
concluir la actuación de la Comisión, en la Secretaría General de esta Universidad, o por
cualesquiera de los demás procedimientos señalados 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas los
siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función
pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o
condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
c) Documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la presente
convocatoria.
El que tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependa, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Decimotercera.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta Resolución, o, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Sr. Rector Mgfco. de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente a la publicación de esta Resolución.
Madrid, 20 de septiembre de 2022.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.
cve: BOE-A-2022-15789
Verificable en https://www.boe.es
Los nombramientos propuestos por la Comisión serán efectuados por el Rector de la
UNED después de que el concursante propuesto haya acreditado cumplir los requisitos
generales y específicos señalados en el plazo establecido. En el caso de que el
concursante no presente oportunamente la documentación requerida, no podrá ser
nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, procediendo el Rector al
nombramiento del siguiente concursante en el orden de prelación formulado.
Los nombramientos serán igualmente comunicados al correspondiente Registro a
efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos
respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y comunicados a la Secretaría
General del Consejo de Universidades. El nombramiento especificará la denominación
de la plaza, cuerpo y área de conocimiento.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
publicación del nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su
plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente
universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
en otra universidad.
Núm. 233
Miércoles 28 de septiembre de 2022
Sec. II.B. Pág. 133216
Duodécima.
El concursante propuesto deberá presentar, en los veinte días siguientes al de
concluir la actuación de la Comisión, en la Secretaría General de esta Universidad, o por
cualesquiera de los demás procedimientos señalados 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas los
siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función
pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real
Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o
condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la Función Pública.
c) Documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la presente
convocatoria.
El que tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento
de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio
u Organismo del que dependa, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Decimotercera.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta Resolución, o, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Sr. Rector Mgfco. de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente a la publicación de esta Resolución.
Madrid, 20 de septiembre de 2022.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.
cve: BOE-A-2022-15789
Verificable en https://www.boe.es
Los nombramientos propuestos por la Comisión serán efectuados por el Rector de la
UNED después de que el concursante propuesto haya acreditado cumplir los requisitos
generales y específicos señalados en el plazo establecido. En el caso de que el
concursante no presente oportunamente la documentación requerida, no podrá ser
nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, procediendo el Rector al
nombramiento del siguiente concursante en el orden de prelación formulado.
Los nombramientos serán igualmente comunicados al correspondiente Registro a
efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en los cuerpos
respectivos, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» y comunicados a la Secretaría
General del Consejo de Universidades. El nombramiento especificará la denominación
de la plaza, cuerpo y área de conocimiento.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
publicación del nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su
plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario del cuerpo docente
universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.
La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
en otra universidad.