II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-15788)
Resolución de 1 de septiembre de 2022, de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 233

Miércoles 28 de septiembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 133207

Finalizada la prueba, la Comisión de Selección de forma colectiva, o cada uno de sus
miembros por separado, elaborarán un informe razonado sobre la valoración que le
merece cada concursante.
A la vista del informe, la Comisión procederá a la valoración de cada uno de los
candidatos, con asignación de la puntuación numérica correspondiente a este segundo
ejercicio. No superarán esta prueba los concursantes que no obtengan la puntuación
mínima establecida en el baremo.
Novena.

Propuesta de adjudicación.

9.1 La Comisión elevará al Vicerrector una propuesta motivada con carácter
vinculante, en la que se relacionarán todos los candidatos por orden de preferencia para
su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el número de plazas
convocadas a concurso. El concurso podrá concluir con la propuesta de la Comisión de
no proveer alguna o la totalidad de las plazas convocadas.
9.2 Esta propuesta de adjudicación deberá ir acompañada de una valoración
individualizada de cada uno de los concursantes, con asignación de puntuación
numérica referida al baremo aplicado y la indicación de aptitud o no aptitud para la plaza,
sin que sea posible la abstención del desempeño de la tarea evaluadora por los
miembros de la Comisión.
9.3 La propuesta de adjudicación se publicará en el Tablón Oficial Electrónico de la UPCT.
9.4 Formulada la propuesta, el Secretario de la Comisión, en el plazo de cinco días
hábiles siguientes al de finalización de sus actuaciones, entregará a la Unidad de Recursos
Humanos el expediente administrativo del concurso, incluidos los currículos, las publicaciones
y los documentos y trabajos presentados por los candidatos. Esta documentación, una vez
finalizado el concurso y siendo firme la resolución del mismo, les podrá ser devuelta a los
concursantes si así lo solicitan. En todo caso, transcurridos tres meses desde que el proceso
devino firme, sin que los interesados hayan solicitado la devolución de la documentación, se
procederá a su destrucción, previa notificación de tal actuación.
9.5 Los concursantes podrán acceder a los informes o valoraciones efectuadas por los
miembros de la Comisión, y tendrán derecho a la expedición de las correspondientes copias.
9.6 Los concursantes que no hayan sido nombrados para la plaza no podrán alegar
ningún derecho sobre plazas vacantes, cualquiera que sea la Universidad a la que
pertenezcan las mismas.
Reclamaciones.

10.1 Contra la propuesta de la Comisión evaluadora, que no pone fin a la vía
administrativa, los aspirantes admitidos al concurso podrán presentar reclamación ante
el Vicerrector en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a
su publicación. Admitida a trámite la reclamación, siempre que cumplan las formalidades
y plazos previstos, se suspenderán los nombramientos hasta su resolución.
10.2 La reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones de la
Universidad, cuya composición y actuaciones están definidas en el artículo 10 del Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a cuerpos docentes universitarios y artículo 101 de los Estatutos de la UPCT.
10.3 La Comisión de Reclamaciones oirá a los miembros de la Comisión contra
cuya propuesta se hubiera presentado la reclamación, y concederá trámite de audiencia
a los candidatos que hubieran participado en las mismas.
Esta Comisión examinará el expediente relativo al concurso para velar por las
garantías establecidas y ratificará o no la propuesta reclamada en el plazo máximo de
tres meses, tras lo que el Vicerrector dictará la resolución. El transcurso del plazo
establecido sin resolver se entenderá como rechazo de la reclamación presentada.
10.4 Las propuestas de la Comisión de Reclamaciones serán vinculantes para el
Vicerrector, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa.

cve: BOE-A-2022-15788
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Décima.