III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-15745)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Compañía de Distribución Integral Logista, SAU.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 232
Martes 27 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132848
Criterios de acceso grupo profesional técnico:
Titulado medio o superior, ciclo de Grado Superior de Formación Profesional.
Inglés nivel 600 TOIEC.
Ofimática nivel usuario: tratamiento de texto, hoja de cálculo, presentaciones, base
de datos, sistemas de Gestión Informática.
Test psicotécnico: habilidades de mando y capacidad de gestión.
Conocimientos específicos del área funcional en la que se encuadren, cuando
proceda.
Nivel 1:
Las funciones profesionales que se llevan a cabo dentro de este nivel se caracterizan
por la ejecución técnica de operaciones en aquellas áreas a las que se adscriben. Para
el desarrollo de estas funciones se requieren conocimientos especializados dados por la
formación media o superior y/o la necesaria experiencia profesional.
Colaboran y se relacionan con otras personas y/o departamentos y deben conocer la
tipología de los problemas a resolver y los objetivos que desde esa función deben
conseguirse. El desarrollo de esta función profesional y en este nivel se efectúa dentro
de las directrices de sus superiores y con cierto grado de autonomía en la toma de
decisiones, si bien estas deberán estar acordes con los criterios de su superior
inmediato.
Nivel 2:
La función profesional en este nivel se caracteriza por la ejecución técnica de
determinadas operaciones de los proyectos en los que se adscriben, son especialistas
con un elevado nivel de experiencia profesional en el área funcional en la que se
encuadran.
Son técnicos cualificados con experiencia, programan y organizan su trabajo de
acuerdo con las directrices de sus superiores y supervisan el trabajo de su equipo de
colaboradores y asistentes.
Deben relacionarse con otros, resolver problemas complejos de gran variedad, para
lo cual disponen de los procedimientos establecidos, aunque se exige tener criterios
propios para elegir la solución más adecuada, analizando y extrapolando las posibles
soluciones.
Están relacionados con un pequeño volumen de recursos.
La función profesional de las personas trabajadoras de que se hallen encuadradas
en este nivel se caracteriza por el desarrollo de actividades de planificación técnica y
ejecución de aquellos proyectos asignados en función de las áreas a las que se hallen
encomendados. Se une a la formación una experiencia dilatada y especializada. Pueden
liderar proyectos de desarrollo y para ello puede ser necesaria la supervisión de equipos
multidisciplinares ejerciendo una supervisión jerárquica y funcional.
El grado de autonomía es elevado y amplio, por la propia naturaleza de sus
funciones, pero ello no significa la ausencia de supervisión y control que se desarrollará
de acuerdo con la propia naturaleza del proyecto a desarrollar y con las normas
generales de la organización.
Tienen total responsabilidad sobre los recursos que manejan.
cve: BOE-A-2022-15745
Verificable en https://www.boe.es
Nivel 3:
Núm. 232
Martes 27 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132848
Criterios de acceso grupo profesional técnico:
Titulado medio o superior, ciclo de Grado Superior de Formación Profesional.
Inglés nivel 600 TOIEC.
Ofimática nivel usuario: tratamiento de texto, hoja de cálculo, presentaciones, base
de datos, sistemas de Gestión Informática.
Test psicotécnico: habilidades de mando y capacidad de gestión.
Conocimientos específicos del área funcional en la que se encuadren, cuando
proceda.
Nivel 1:
Las funciones profesionales que se llevan a cabo dentro de este nivel se caracterizan
por la ejecución técnica de operaciones en aquellas áreas a las que se adscriben. Para
el desarrollo de estas funciones se requieren conocimientos especializados dados por la
formación media o superior y/o la necesaria experiencia profesional.
Colaboran y se relacionan con otras personas y/o departamentos y deben conocer la
tipología de los problemas a resolver y los objetivos que desde esa función deben
conseguirse. El desarrollo de esta función profesional y en este nivel se efectúa dentro
de las directrices de sus superiores y con cierto grado de autonomía en la toma de
decisiones, si bien estas deberán estar acordes con los criterios de su superior
inmediato.
Nivel 2:
La función profesional en este nivel se caracteriza por la ejecución técnica de
determinadas operaciones de los proyectos en los que se adscriben, son especialistas
con un elevado nivel de experiencia profesional en el área funcional en la que se
encuadran.
Son técnicos cualificados con experiencia, programan y organizan su trabajo de
acuerdo con las directrices de sus superiores y supervisan el trabajo de su equipo de
colaboradores y asistentes.
Deben relacionarse con otros, resolver problemas complejos de gran variedad, para
lo cual disponen de los procedimientos establecidos, aunque se exige tener criterios
propios para elegir la solución más adecuada, analizando y extrapolando las posibles
soluciones.
Están relacionados con un pequeño volumen de recursos.
La función profesional de las personas trabajadoras de que se hallen encuadradas
en este nivel se caracteriza por el desarrollo de actividades de planificación técnica y
ejecución de aquellos proyectos asignados en función de las áreas a las que se hallen
encomendados. Se une a la formación una experiencia dilatada y especializada. Pueden
liderar proyectos de desarrollo y para ello puede ser necesaria la supervisión de equipos
multidisciplinares ejerciendo una supervisión jerárquica y funcional.
El grado de autonomía es elevado y amplio, por la propia naturaleza de sus
funciones, pero ello no significa la ausencia de supervisión y control que se desarrollará
de acuerdo con la propia naturaleza del proyecto a desarrollar y con las normas
generales de la organización.
Tienen total responsabilidad sobre los recursos que manejan.
cve: BOE-A-2022-15745
Verificable en https://www.boe.es
Nivel 3: