III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15684)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la promoción y gestión de la vivienda de protección pública en los ayuntamientos de Murcia, Cartagena y Lorca, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132018
Las adjudicaciones se realizaron a las familias que constaban con mayor puntuación en el RDV. El
Reglamento municipal exige la acreditación de las circunstancias que otorgan puntuación para ser
demandante de vivienda inscrito en el RDV. El expediente de alta es tramitado por el Servicio de
Vivienda, incorpora el informe del trabajador social que informa de la situación personal y familiar
de la familia demandante, y concluye con un decreto de inscripción de la Concejalía.
La inscripción tiene una validez de tres años, según el artículo 12 del Reglamento del RDV. En el
análisis de los registros de demandantes a 15 de enero de 2020 se ha observado que el 27 % de
las 987 familias no ha actualizado su información en un periodo superior a tres años, de modo que
se habría superado el plazo de validez de la inscripción recogido en el artículo 12 del Reglamento
del RDV. El Servicio de Vivienda ha informado de que la baja no se aplica automáticamente, sino
que requiere la tramitación de un procedimiento en el que se realiza una notificación a los
solicitantes y se concluye con un Decreto de baja del registro, llevándose un retraso en esta materia
a consecuencia de la carga de trabajo y la escasez de personal.
Como se ha indicado en el epígrafe II.1.1, relativo al diseño y ejecución de la política pública, resulta
insuficiente el número de viviendas disponibles al año en relación con la lista de espera. El
Ayuntamiento cuenta con 1.005 viviendas sociales, de las que se libera una media de 9-10 viviendas
al año por la finalización de contratos o la regularización de sus ocupaciones. Por otra parte, a 15
de enero de 2020 estaban en lista de espera 987 familias que cumplían los requisitos para la cesión
en alquiler.
Asimismo, en algunas ubicaciones es necesario realizar una valoración de la viabilidad de la familia
para la adaptación al entorno social de esa comunidad, con el objetivo de evitar su rechazo, lo que
añade variables de gran complejidad en la toma de decisiones. Estas circunstancias han sido
comprobadas en diversas viviendas de los barrios de El Infante Juan Manuel y el Espinardo en la
visita efectuada al municipio en febrero de 2020.
Por otra parte, la principal dificultad del Servicio de Vivienda es impedir la ocupación ilegal de las
viviendas en el periodo que media entre su liberación por el anterior ocupante y su adjudicación al
nuevo beneficiario. Esta protección se realiza mediante sistemas técnicos de vigilancia y de
protección física de las viviendas.
Otra de las dificultades del Servicio de Vivienda es la gestión de los alquileres, labor que es atendida
por los propios trabajadores sociales en sus visitas. En 2018 se reconocieron derechos por alquiler
por importe de 919.786,97 euros, de los que tan solo se han ingresado 351.973,79 euros (el 38,42
%).
Respecto del mantenimiento y reparación de las viviendas, en 2018 el Servicio incurrió en gastos
de 403.313 euros -importe que está incluido dentro de los programas presupuestarios 1521
Promoción y gestión de viviendas de protección pública y 1522 Conservación y rehabilitación de la
edificación, que se detallan en el cuadro 31 anterior- de las correspondientes aplicaciones de
presupuesto-, lo que supuso una ejecución de tan solo el 36 % del presupuesto. En las visitas
realizadas a una muestra de viviendas se ha apreciado que el entorno social de algunos barrios y
pedanías se encuentra muy degradado, lo que origina en algunos supuestos, particularmente en El
Espinardo, El Infante Juan Manuel y El Palmar, la necesidad de adoptar medidas de vigilancia
cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es
El procedimiento para tramitar las solicitudes de minoraciones de los alquileres y los requisitos
exigidos a los inquilinos se regula en el acuerdo de la JGL de 11 de octubre de 2018. En el ejercicio
2018 se solicitaron 78 minoraciones de cuotas de alquiler, que afectaron al 8 % de las viviendas
municipales. La intención de esta medida es reducir la morosidad tradicional, incentivando que los
inquilinos asuman con el Ayuntamiento un compromiso de pago de unas cantidades asequibles.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132018
Las adjudicaciones se realizaron a las familias que constaban con mayor puntuación en el RDV. El
Reglamento municipal exige la acreditación de las circunstancias que otorgan puntuación para ser
demandante de vivienda inscrito en el RDV. El expediente de alta es tramitado por el Servicio de
Vivienda, incorpora el informe del trabajador social que informa de la situación personal y familiar
de la familia demandante, y concluye con un decreto de inscripción de la Concejalía.
La inscripción tiene una validez de tres años, según el artículo 12 del Reglamento del RDV. En el
análisis de los registros de demandantes a 15 de enero de 2020 se ha observado que el 27 % de
las 987 familias no ha actualizado su información en un periodo superior a tres años, de modo que
se habría superado el plazo de validez de la inscripción recogido en el artículo 12 del Reglamento
del RDV. El Servicio de Vivienda ha informado de que la baja no se aplica automáticamente, sino
que requiere la tramitación de un procedimiento en el que se realiza una notificación a los
solicitantes y se concluye con un Decreto de baja del registro, llevándose un retraso en esta materia
a consecuencia de la carga de trabajo y la escasez de personal.
Como se ha indicado en el epígrafe II.1.1, relativo al diseño y ejecución de la política pública, resulta
insuficiente el número de viviendas disponibles al año en relación con la lista de espera. El
Ayuntamiento cuenta con 1.005 viviendas sociales, de las que se libera una media de 9-10 viviendas
al año por la finalización de contratos o la regularización de sus ocupaciones. Por otra parte, a 15
de enero de 2020 estaban en lista de espera 987 familias que cumplían los requisitos para la cesión
en alquiler.
Asimismo, en algunas ubicaciones es necesario realizar una valoración de la viabilidad de la familia
para la adaptación al entorno social de esa comunidad, con el objetivo de evitar su rechazo, lo que
añade variables de gran complejidad en la toma de decisiones. Estas circunstancias han sido
comprobadas en diversas viviendas de los barrios de El Infante Juan Manuel y el Espinardo en la
visita efectuada al municipio en febrero de 2020.
Por otra parte, la principal dificultad del Servicio de Vivienda es impedir la ocupación ilegal de las
viviendas en el periodo que media entre su liberación por el anterior ocupante y su adjudicación al
nuevo beneficiario. Esta protección se realiza mediante sistemas técnicos de vigilancia y de
protección física de las viviendas.
Otra de las dificultades del Servicio de Vivienda es la gestión de los alquileres, labor que es atendida
por los propios trabajadores sociales en sus visitas. En 2018 se reconocieron derechos por alquiler
por importe de 919.786,97 euros, de los que tan solo se han ingresado 351.973,79 euros (el 38,42
%).
Respecto del mantenimiento y reparación de las viviendas, en 2018 el Servicio incurrió en gastos
de 403.313 euros -importe que está incluido dentro de los programas presupuestarios 1521
Promoción y gestión de viviendas de protección pública y 1522 Conservación y rehabilitación de la
edificación, que se detallan en el cuadro 31 anterior- de las correspondientes aplicaciones de
presupuesto-, lo que supuso una ejecución de tan solo el 36 % del presupuesto. En las visitas
realizadas a una muestra de viviendas se ha apreciado que el entorno social de algunos barrios y
pedanías se encuentra muy degradado, lo que origina en algunos supuestos, particularmente en El
Espinardo, El Infante Juan Manuel y El Palmar, la necesidad de adoptar medidas de vigilancia
cve: BOE-A-2022-15684
Verificable en https://www.boe.es
El procedimiento para tramitar las solicitudes de minoraciones de los alquileres y los requisitos
exigidos a los inquilinos se regula en el acuerdo de la JGL de 11 de octubre de 2018. En el ejercicio
2018 se solicitaron 78 minoraciones de cuotas de alquiler, que afectaron al 8 % de las viviendas
municipales. La intención de esta medida es reducir la morosidad tradicional, incentivando que los
inquilinos asuman con el Ayuntamiento un compromiso de pago de unas cantidades asequibles.