III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-15686)
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019.
83 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132131
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
15686
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el
desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 28 de junio de 2022, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el
desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019, acuerda:
1.
Instar al Gobierno a:
– Dotar a la Unidad de Igualdad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación de todo el personal que sea necesario.
– Llevar a cabo un seguimiento regular del cumplimiento de la instrucción relativa a
la presencia equilibrada de mujeres y hombres en actividades.
– Reforzar la difusión de las medidas de conciliación, así como evaluar la posible
incidencia negativa de las medidas de conciliación en el desarrollo profesional de
quienes se acogen a ellas y, en su caso, adoptar medidas que contribuyan a neutralizar
su posible impacto negativo.
– Planificar e implementar una estrategia de comunicación y de formación que
permita transmitir al personal del Servicio Exterior, no solo conocimientos sobre igualdad
de género, sino también información fiable y periódica sobre la situación de las mujeres
en el Ministerio.
– Precisar los criterios de valoración que utiliza, con relación a los períodos de
excedencia por cuidado de hijos o de dependientes, en el cómputo de los períodos de
permanencia máximos y mínimos en los destinos, a los efectos de su incidencia en los
procesos de provisión de puestos de trabajo.
– Conceder la adecuada consideración al problema de la brecha salarial. En
concreto, valorar la realización de estudios periódicos que tengan en cuenta todos los
conceptos que supongan compensación económica regular al personal al servicio del
Ministerio.
Instar al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a:
– Dotar efectivamente a la unidad de Igualdad del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación. Asimismo, sería conveniente aprobar de manera formal
una planificación de las actividades de la Unidad de Igualdad, así como realizar el
correspondiente seguimiento.
– Reforzar la difusión de las medidas de conciliación, así como evaluar la posible
incidencia negativa de las medidas de conciliación en el desarrollo profesional de
quienes se acogen a ellas y, en su caso, adoptar medidas que contribuyan a neutralizar
su posible impacto negativo.
– Establecer definitivamente los criterios de valoración de los períodos de
excedencia por cuidado de hijos o de dependientes en el cómputo de los periodos de
permanencia máximos y mínimos en los destinos, a los efectos de su incidencia en los
procesos de provisión de puestos de trabajo.
cve: BOE-A-2022-15686
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 231
Lunes 26 de septiembre de 2022
Sec. III. Pág. 132131
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
15686
Resolución de 28 de junio de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el
desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 28 de junio de 2022, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización operativa de la igualdad entre mujeres y hombres en el
desarrollo de la carrera profesional del personal del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación, ejercicios 2017 a 2019, acuerda:
1.
Instar al Gobierno a:
– Dotar a la Unidad de Igualdad del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación de todo el personal que sea necesario.
– Llevar a cabo un seguimiento regular del cumplimiento de la instrucción relativa a
la presencia equilibrada de mujeres y hombres en actividades.
– Reforzar la difusión de las medidas de conciliación, así como evaluar la posible
incidencia negativa de las medidas de conciliación en el desarrollo profesional de
quienes se acogen a ellas y, en su caso, adoptar medidas que contribuyan a neutralizar
su posible impacto negativo.
– Planificar e implementar una estrategia de comunicación y de formación que
permita transmitir al personal del Servicio Exterior, no solo conocimientos sobre igualdad
de género, sino también información fiable y periódica sobre la situación de las mujeres
en el Ministerio.
– Precisar los criterios de valoración que utiliza, con relación a los períodos de
excedencia por cuidado de hijos o de dependientes, en el cómputo de los períodos de
permanencia máximos y mínimos en los destinos, a los efectos de su incidencia en los
procesos de provisión de puestos de trabajo.
– Conceder la adecuada consideración al problema de la brecha salarial. En
concreto, valorar la realización de estudios periódicos que tengan en cuenta todos los
conceptos que supongan compensación económica regular al personal al servicio del
Ministerio.
Instar al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a:
– Dotar efectivamente a la unidad de Igualdad del Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación. Asimismo, sería conveniente aprobar de manera formal
una planificación de las actividades de la Unidad de Igualdad, así como realizar el
correspondiente seguimiento.
– Reforzar la difusión de las medidas de conciliación, así como evaluar la posible
incidencia negativa de las medidas de conciliación en el desarrollo profesional de
quienes se acogen a ellas y, en su caso, adoptar medidas que contribuyan a neutralizar
su posible impacto negativo.
– Establecer definitivamente los criterios de valoración de los períodos de
excedencia por cuidado de hijos o de dependientes en el cómputo de los periodos de
permanencia máximos y mínimos en los destinos, a los efectos de su incidencia en los
procesos de provisión de puestos de trabajo.
cve: BOE-A-2022-15686
Verificable en https://www.boe.es
2.